SOLÍS VALENCIA / LAGOS MONSALVE Y OTROS
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Gisela Alejandra Solís Valencia, ingeniera agrónoma, quien interpone acción constitucional de protección en contra de (i) Farid Abdel Muza Albornoz, (ii) David Lagos Monsalve, (iii) Patricio Lagos Monsalve, (iv) Chubli Ghabril Bastidas y (v) Chantal Márquez Badilla, por las acciones ilegales y arbitrarias que afectan el libre tránsito desde y hacia su propiedad, el acceso a servicios básicos de luz y agua y el uso y goce de su inmueble ubicado en la parcelación “Chacra Los Nogales”, comuna de Talagante. Señala que, desde mayo de 2024, los recurridos iniciaron una campaña de acoso y difamación en su contra. Describe que, en ese contexto, 22 de julio de 2024 recibió una notificación de aviso de corte de suministro eléctrico por no pago de los gastos comunes, indicándole una cuenta bancaria para realizar el pago, a nombre del recurrido Farid Muza; lo que se reiteró el 10 de agosto del mismo año. Refiere que el 5 de octubre de 2024, se concretó la medida, mediante el corte del suministro, para lo cual el recurrido Farid Muza en compañía de otra persona realizaron intervenciones en la zona del medidor. Indica que, en esa ocasión, el recurrido, a nombre del supuesto Comité de Administración, realizaron acciones que dañaron la parcelación, rompiendo una cámara soterrada para cables de energía eléctrica. Añade que el corte de suministro se concretó un día sábado por la mañana, fuera del plazo de notificación y sobre la base de un reglamento sin exhibir en virtud de qué facultades legales actúan. Manifiesta que el inmueble de su propiedad se encuentra en una parcelación con uso de suelo agrícola, de manera que el recurrido Farid Muza se ha autodenominado Administrador de la Comunidad, como también un grupo de personas que dicen ser integrantes del Comité de Copropietarios, sin contar con personalidad jurídica para ello ni respaldo de votaciones transparentes que avalen algún tipo de representación o facultad ante la comu
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Gisela Alejandra Solís Valencia en contra de Farid Abdel Muza Albornoz, David Lagos Monsalve, Patricio Lagos Monsalve, Chubli Ghabril Bastidas y Chantal Márquez Badilla. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4802-2024 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Gisela Alejandra Solís Valencia, ingeniera agrónoma, quien interpone acción constitucional de protección en contra de (i) Farid Abdel Muza Albornoz, (ii) David Lagos Monsalve, (iii) Patricio Lagos Monsalve, (iv) Chubli Ghabril Bastidas y (v) Chantal Márquez Badilla, por las acciones ilegal
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