JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP.C/ MARÍA PATRICIA YÁÑEZ YÁÑEZ.

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2025

Materia

INCENDIO CON PELIGRO PARA LAS PERSONAS ARTS. 475 Y 476.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que los antecedentes citados como nuevos por la defensa no son de la entidad suficiente para estimar que han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de imponerse la prisión preventiva de la imputada. En efecto, la declaración espontánea de una testigo presencial, prestada luego de increpar a la imputada, atribuyéndole la comisión del hecho investigado, resulta relevante para sostener que, este estadio procesal, se mantienen incólumes los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. De la misma manera, en cuanto a la necesidad de cautela, la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad en atención a la naturaleza y gravedad del delito materia de la formalización, bienes jurídicos afectados, la posible pena a imponer y su eventual forma de cumplimiento. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de quince de diciembre en curso, en los autos RIT 7515-2025, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada María Patricia Yáñez Yáñez. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 4198-2025 Penal

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Fecha: veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 4198-2025 RIT:7515-2025 Ruc: 2501341125-8 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): M. Isabel Saavedra Reyes Imputada: María Patricia Yáñez Yáñez Tipo de Recurso: Apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: folios N°s 3 y 5 Se deja constancia que antes de iniciar la vista de la causa la ministra

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