CUENTAS MEZA ALEJANDRA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de ALEJANDRA CUENTAS MEZA, contra Servicio de Registro Civil e Identificación y la el Servicio Nacional de Migraciones, por negativa ilegal y arbitraria en la renovación de documentos de identidad contrario al principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Señala que el recurrente, Es el caso que Alejandra Cuentas Meza, empleada, de nacionalidad venezolana, ingresó al país en calidad de turista, estando dentro del país cambia su condición migratoria a residente por visa otorgada, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Posteriormente, en virtud del vencimiento de su visado, solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva el cual le fue otorgado, en razón de lo cual, solicita la gracia de la nacionalidad. Posteriormente, en razón de encontrarse fuera del país por
Fundamentos
motivos laborales, por un tiempo prolongado, con el fin de no perder el beneficio migratorio concedido y dando cumplimiento a la normativa legal vigente, la recurrente solicita la prórroga de su residencia definitiva en el consulado respetivo en el exterior, la cual es otorgada, por única vez y con una vigencia de dos años, prorrogándose hasta el 14 de noviembre de 2026. Ahora bien, la recurrente desde que retornó a Chile ha acudido en múltiples oportunidades al Servicio del Registro Civil e Identificación con la finalidad de realizar la solicitud de su cédula de identidad. Sin perjuicio de lo anterior, se le niega constantemente la solicitud indicándole solo que, en sus registros no aparece que tenga la condición de residente definitivo, sin perjuicio de exhibir el comprobante de prorroga que se acompaña en un otrosí de esta presentación, sin esgrimir algún tipo de argumento ni comprobante el Registro Civil e Identificación. Pide cogerlo a tramitación ordenando a los recurridos a que se pronuncien sobre el asunto ventilado, dictando un plazo no superior a 30 días corridos o el que vuestra señora estime conforme al mérito de autos para la emisión de la cédula de identidad del recurrente. A folio 5, el Servicio de Registro Civil e Identificación evacua informe diciendo, que su solicitud fue rechazada ya que el recurrente no cuenta con los antecedentes suficientes esto es certificado de vigencia de residencia definitiva otorgado por la Policía de investigaciones de Chile. A folio 7, el Servicio Nacional de Migraciones evacua informe explicado, en cuanto a la vigencia del permiso, la autoridad competente para informar de estos hechos y, la que entrega específicamente el Certificado de Vigencia de Residencia Definitiva, es la Policía de Investigaciones de Chile, al ser éste la autoridad encargada de fiscalizar la legalidad de la estadía de los extranjeros en el país según lo establecido en el artículo 166 N° 2, en relación con el artículo 1 N° 14, ambos de la Ley N° 21.325. A Mayor abundamiento, dicho trámite se realiza en la página web de la Policía de Investigaciones, específicamente en el siguiente enlace: “https://www.pdichile.cl/tr%C3%A1mites-online/Vigencia-Residencia-finitiva-Regiones.” Que, a folio 8 se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la negativa del Servicio de Registro Civil e Identificación en otorgar cédula de identidad a la recurrente. Segundo: Que, resulta acreditado en estos autos que al recurrente se le rechazo su solicitud al concurrir ante el Servicio de Registro Civil e Identificación para la obtención de su cédula de identidad y que hasta la fecha no se le ha sido otorgada. Tercero: Que, según los antecedentes la carga administrativa se encuentra en la parte recurrente al no acompañar el certificado de residencia vigente que es solicitado por la recurrida Servicio
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. Visto Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de ALEJANDRA CUENTAS MEZA, contra Servicio de Registro Civil e Identificación y la el Servicio Nacional de Migraciones, por negativa ilegal y arbitraria en la renovación de documentos de identidad contrario al principio de igualdad ante la ley, conforme lo
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