ANONIMIZADO
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2025
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos, teniendo en especial consideración lo dispuesto en el inciso primero del artículo 4 de la ley 14.908 que dispone: En los juicios en que se demanden alimentos el juez deberá pronunciarse sobre los alimentos provisorios, junto con admitir la demanda a tramitación, con el solo mérito de los documentos y antecedentes presentados; y que al momento de fijar la pensión de alimentos, sea definitiva o provisoria, se deben considerar las necesidades del alimentario y las facultades del deudor y sus circunstancias domésticas, conforme lo dispuesto en los artículos 3 inciso primero, 4 inciso sexto de ...
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de autos, teniendo en especial consideración lo dispuesto en el inciso primero del artículo 4 de la ley 14.908 que dispone: En los juicios en que se demanden alimentos el juez deberá pronunciarse sobre los alimentos provisorios, junto con admitir la demanda a tramitación, con el solo mérito de los documentos y
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