CANDIA SOTO CRISTOPHER PAOLO /COMISION LIBERTAD CONDICIONAL (C.L.C)
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Patricia Palacios Díaz, actuando en favor de Cristopher Paolo Candia Soto, e interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago que sesionó el segundo semestre del año 2025, por haber denegado el beneficio penitenciario de libertad condicional al amparado, lo que considera ilegal y arbitrario, ya que la recurrida no habría tomado en consideración antecedentes suficientes relativos a la reinserción social del condenado, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas en su artículo 19 N° 7 , por lo que solicita se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución denegatoria y se ordene la concesión del referido beneficio. En cuanto a los antecedentes de hecho que motivan la acción, la recurrente expone que el amparado cumplió con el tiempo mínimo exigido por ley para acceder al beneficio el día 8 de marzo de 2023, y que actualmente su fecha de término de condena está fijada para el 3 de marzo de 2030. Asimismo, destaca que el señor Candia Soto ha mantenido una muy buena conducta durante los últimos seis bimestres y ha demostrado un avance significativo en su proceso de reinserción dentro del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I. Entre estos hitos, menciona que el amparado terminó sus estudios de enseñanza media en el año 2023 y ha participado activamente en labores de pintura, trabajo en cuero y madera, además de haber realizado diversos cursos de capacitación y talleres formativos. En lo relativo a los
Fundamentos
fundamentos de derecho, la defensa sostiene que la resolución de la Comisión infringe lo dispuesto en el Decreto Ley N°321 de 1925 y su respectivo Reglamento. Argumenta que, de acuerdo con el artículo 1° de dicho cuerpo legal, la libertad condicional es un medio de prueba que acredita que el condenado se encuentra corregido y rehabilitado para la vida social. Al respecto, señala que la decisión resulta arbitraria y contraria a la razón, toda vez que no se condice con los antecedentes de conducta intachable y las actividades de reinserción acreditadas por Gendarmería de Chile, desatendiendo la finalidad de retorno progresivo al medio social que sugieren instrumentos internacionales como las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. Sobre la vulneración de garantías, la recurrente explica que el acto de la Comisión constituye una perturbación ilegítima al ejercicio de la libertad personal asegurada en el artículo 19 N°7 de la Carta Fundamental, puesto que la denegación del beneficio se funda en una omisión de antecedentes relevantes que, por sí solos, serían suficientes para optar a la libertad condicional, contraviniendo así el principio de legalidad y el debido proceso establecido en el artículo 21 de la Constitución.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, disponiendo dejar sin efecto la resolución que deniega la libertad condicional y ordenando, en consecuencia, la concesión de dicho beneficio penitenciario. SEGUNDO: Que evacuando el informe requerido la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional señala que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina I y, por unanimidad, se rechazó́ la concesión del beneficio solicitado, mediante resolución dictada el treinta de octubre pasado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. TERCERO: Que la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno tiene 35 años, fue calificado con mediano compromiso delictual, se encuentra condenado a las penas de 541 días por el delito de posesión, tenencia o porte de municiones y sustancias químicas, 61 días por amenazas simples contra personas y propiedades, 61 días, por el delito de lesiones menos graves, 61 días por el delito de violación de morada y 12 años por el delito de homicidio simple. Además, se consigna que inició el cumplimient
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Patricia Palacios Díaz, actuando en favor de Cristopher Paolo Candia Soto, e interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago que sesionó el segundo semestre del año 2025, por haber denegado el be
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica