SIN INFORMACION

GUISSEPPE RODRIGUEZ ISAAC JESUS/AFP PROVIDA

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Isaac Jesús Giusseppe Rodriguez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.978.239-0, interponiendo recurso de protección en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A., por el acto, a su parecer, ilegal y/o arbitraria que rechaza la solicitud de retiro de fondos para el extranjero. Señala que el 12 de julio de 2025 solicitó ante la Administradora de Fondos de Pensiones Provida, la devolución de fondos previsionales de acuerdo con la ley N°18.156, que establece exención de cotizaciones previsionales a los técnicos extranjeros y a las empresas que los contraten bajo las condiciones que se indican, identificada con el N°12844872. Precisa que mediante la plataforma de whatsapp del ente recurrido le es informado que se rechaza su solicitud por falta de constancia de afiliación el cual debe estar apostillado en el país extranjero en que fue otorgado, debiendo hacerlo en la embajada del país de origen, esto es, Venezuela, Refiere que la recurrente realiza su solicitud de retiro de fondos previsionales, debido a que al ser profesional extranjero cumple con los del artículo 1 de la ley 18.156, siendo procedente realizar el retiro de fondos de la AFP, sin embargo, se encuentra con un obstáculo en su proceso, donde la recurrida realiza una interpretación formalista de la norma, desatendiendo a la finalidad del legislador, esto es, disponer de sus ahorros previsionales, entendiendo que los documentos presentados cuentan con la validez necesaria de procedencia, tanto el contrato, sus anexos y el certificado de afiliación al seguro social del país de origen. Argumenta que la AFP actuó de manera ilegal y arbitraria, realizando una interpretación formalista de la ley que vulnera el derecho de propiedad de la actora sobre sus ahorros. Manifiesta que no pudo anexar la constancia de Afiliación al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) para retiro de fondos ante las Administr

Fundamentos

motivos políticos, siendo esto un hecho público y notorio. Resalta que este documento no puede apostillarse ni en la propia República Bolivariana de Venezuela. Alega que se vulneran las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y derecho de propiedad.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso ordenando que autorizado el retiro de los fondos de pensión solicitados. SEGUNDO: Que la recurrida AFP Provida S.A., evacuó el informe solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes por carecer de fundamentos legales, con expresa condenación en costas. En primer término, sostiene la improcedencia de la acción de protección en este caso, señalando que dicha acción constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el libre ejercicio de garantías y derechos preexistentes mediante la adopción de medidas de resguardo ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste el ejercicio de un derecho. Para que el recurso de protección sea acogido, argumenta, es necesario que los hechos en que se hace consistir la arbitrariedad o ilegalidad estén comprobados y que con estos se haya sufrido perturbación, privación o amenaza en el ejercicio legítimo de las garantías y derechos que la Constitución asegura. En ese sentido, expone el marco normativo aplicable, comenzando por el análisis del Decreto Ley N° 3.500 de 1980 y su reglamento, que señala las funciones de las AFP y las sanciones por incumplimiento a sus deberes. Respecto a la situación particular del recurrente, informa que presentó una Solicitud de Devolución de Fondos Previsionales en base a lo establecido y exigido por la Ley N° 18.156, rechazado debido a que no acreditó un requisito normativo y legal fundamental para solici

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Isaac Jesús Giusseppe Rodriguez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.978.239-0, interponiendo recurso de protección en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A., por el acto, a su parecer, ilegal y/o arbitraria que rechaza

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica