BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON SAN MARTIN HERMANOS LIMITADA Y OTRO
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: En la sentencia en alzada, se sustituye en su
Fundamentos
considerando 3° la letra b) que indica: “que el deudor no tenga otros bienes que los embargados” por letra b) “que los bienes embargados del deudor sean insuficientes para cubrir ambos créditos”. Asimismo, en el considerando 6°, se sustituye la expresión “que el deudor no tiene otros bienes que el embargado” por “que los bienes embargados del deudor sean insuficientes para cubrir ambos créditos”. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: 1°. - Que la prueba rendida por el tercerista resulta ineficaz para los fines que pretende en su demanda incidental, dado que el bien embargado resulta ser un inmueble de valor inferior al monto total de lo que el ejecutante cobra en el presente juicio ejecutivo. 2°. - Que, en consecuencia, la demanda de tercería no puede prosperar, como lo ha señalado el a quo. Y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la resolución apelada de veintitrés de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción, en la causa Rol C-1100-2024, del ingreso de dicho tribunal. Devuélvase. Rol N°Civil-1987-2025.
Texto Completo (Preview)
CAS/CGR C.A. de Concepción. Concepción, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO: En la sentencia en alzada, se sustituye en su considerando 3° la letra b) que indica: “que el deudor no tenga otros bienes que los embargados” por letra b) “que los bienes embargados del deudor sean insuficientes para cubrir ambos créditos”. Asimismo, en el considerando 6°, se sustituye la expresión “qu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica