ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Claudio Nicolás Torres Contreras, en contra de la resolución de fecha diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio 17 en el expediente digital, por extemporáneo. Devuélvase. Rol N° Familia-816-2025 (mft).
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Claudio Nicolás Torres Contreras, en contra de la resolución de fecha diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio 17 en el expediente digital, por extemporáneo. Devuélvase. Rol N° Familia-816-2025 (mft).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco. Temuco, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Claudio Nicolás Torres Contreras, en contra de la resolución de fecha diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio
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