FABIÁN ENRIQUE CORNEJO PUGA / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece por sí Fabián Enrique Cornejo Puga, interpuso recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, con motivo de la Resolución Exenta N° R-01-DC-149630-2025, de 29 de octubre de 2025. En cuanto a los
Fundamentos
fundamentos de hecho, el recurrente expone que solicitó la revisión de la resolución emitida por SUSESO, la cual fue dictada el 23 de octubre de 2025, confirmando el rechazo de las licencias médicas por reposo injustificado. Añade que dicho rechazo le impide reconocer el error al omitir información relevante, que no realiza peritaje médico alguno y que envía el peritaje del año 2024 relacionado con otro diagnóstico. Señala que se entregaron exámenes e informes médicos asociados al diagnóstico en cuestión, más aún así no obtuvo respuesta positiva, lo que le ha ocasionado serios problemas económicos dado que está cumpliendo 30 días de licencia por una patología no reconocida. Como petitorio, el recurrente solicita el pago de las licencias rechazadas. Para acreditar sus alegaciones, adjuntó los siguientes documentos: 1) Cédula de identidad del recurrente; 2) Resolución Exenta N° R-01-DC-149630-2025 de la Superintendencia de Seguridad Social; 3) Informe médico de Clínica Dávila de fecha 18 de agosto de 2025; 4) Resonancia magnética de muñeca izquierda de fecha 30 de abril de 2025; y 5) Formulario de reclamo ingresado ante SUSESO con folio 1221419. A folio 7, informa la Superintendencia de Seguridad Social, quien en lo principal alegó la extemporaneidad de la acción de protección interpuesta, fundando su alegación en que el recurrente tuvo conocimiento cierto del rechazo de las licencias médicas desde que optó por reclamar en sede administrativa con fecha 09 de mayo de 2025, sin ejercer la acción constitucional en aquella oportunidad, dejando transcurrir sobradamente el plazo fatal de 30 días corridos contemplado en el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección. En subsidio, informó respecto del fondo del asunto, señalando que el recurrente reclamó ante la Superintendencia con fecha 09 de mayo de 2025 en contra de la confirmación efectuada por la Subcomisión Valparaíso-COMPIN Región de Valparaíso del rechazo de las licencias médicas N° 116812133-0 y N° 117525341-2, extendidas por un total de 30 días de reposo a contar del 14 de abril de 2025, originalmente rechazadas por ISAPRE Consalud S.A. por reposo no justificado. Expone que la Superintendencia, mediante Resolución Exenta N° R-01-UME-111379-2025 de fecha 13 de agosto de 2025, confirmó el rechazo por no encontrarse justificado el reposo, conclusión fundada en que los antecedentes médicos y administrativos evaluados no permitían establecer la existencia de incapacidad laboral más allá del reposo ya autorizado. Posteriormente, habiendo recurrido nuevamente el afectado mediante recurso de reconsideración de fecha 18 de agosto de 2025, la Superintendencia dictó la Resolución Exenta N° R-01-DC-149630-2025 de 29 de octubre de 2025, confirmando nuevamente el rechazo al estimar que el nuevo informe médico no detallaba tratamiento, grado de compromiso funcional, plan de reintegro ni fecha probable de alta, no acreditándose la necesidad de terapias de rehabilitación ni otras medidas pendientes
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara: I.- Que, se rechaza, la alegación de extemporaneidad de la acción. II.- Que, en cuanto al fondo, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Fabián Enrique Cornejo Puga, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-7215-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece por sí Fabián Enrique Cornejo Puga, interpuso recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, con motivo de la Resolución Exenta N° R-01-DC-149630-2025, de 29 de octubre de 2025. En cuanto a los fundamentos de hecho, el recurrente expone que solicitó la revisi
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