SIN INFORMACION

MARCO ANTONIO LOPEZ IBAÑEZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Leopoldo Humberto Romero Yáñez, abogado, interpone acción constitucional de amparo en favor de Marco Antonio López Ibáñez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indica que su representado se encuentra cumpliendo una condena de seis años de presidio menor en su grado máximo por el delito de homicidio, según pena impuesta por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago. Señala que, a pesar de cumplir con los requisitos exigidos por la ley para optar al beneficio de libertad condicional, la recurrida actuó de manera ilegal y arbitraria toda vez que rechazó su postulación. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se concede dicha libertad a su representado. Segundo: Que Gendarmería de Chile acompañó el informe respectivo, el que indica que el condenado no fue postulado al proceso de libertad condicional del segundo semestre de 2025, por no cumplir con el requisito de conducta, debido a que el delito por el que cumple condena requiere 6 bimestres de muy buena conducta -esto es desde septiembre de 2024 hasta agosto de 2025- lo que no ocurrió en la especie, por registrar mala conducta en los bimestres septiembre-octubre de 2024, regular en el bimestre noviembre-diciembre de 2024 y regular en el bimestre julio-agosto 2025. Tercero: Que informa por la Comisión de Libertad Condicional, al tenor del recurso, su presidente, el ministro señor Mauricio Olave Astorga, quien expone que no tomó conocimiento de una solicitud de libertad condicional relativa al citado amparado, pues de los antecedentes acompañados en su oportunidad, no consta que Gendarmería de Chile haya postulado a dicha persona al referido beneficio. Cuarto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República, establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con inf

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San Miguel, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Leopoldo Humberto Romero Yáñez, abogado, interpone acción constitucional de amparo en favor de Marco Antonio López Ibáñez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indica que su representado se encuentra cumpliendo una condena de seis años d

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