MP/STHORMES
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2025
Materia
OTROS DELITOS DE LA LEY 20.000
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1° Que, en la presente causa corresponde conocer el recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de los imputados Juan Carlos Joao Bermúdez y Johanny de Jesús Sthormes Castro. 2° Que, para resolver el asunto sometido a conocimiento de esta Corte es menester señalar que en esta etapa procesal corresponde revisar si concurren antecedentes que justifiquen la procedencia y proporcionalidad de la medida aplicada por el tribunal de la instancia en los términos y con el estándar establecido en el artículo 140 del Código Procesal Penal. 3° Que, en cuanto a las alegaciones vertidas por la defensa, es menester señalar, que si bien la discusión relativa a la concurrencia de las modificatorias de colaboración y conducta, así como su impacto en la pena a aplicar, corresponde a una etapa diversa, lo cierto es que en esta sede fueron aportados antecedentes ciertos y objetivos que las hacen plausibles, lo que torna en desproporcionada la cautelar aplicada. 4° Que, de esta forma, atendido el mérito de los antecedentes, y a que si bien los imputados fueron formalizados por dos tipos penales diversos,
Fundamentos
considerando los hechos materia de la formalización, la cantidad de medicamentos sujetos a la Ley N° 20.000 incautados en el procedimiento y la escasa cantidad de dinero encontrada en poder de los imputados, todos elementos que permiten concluir que la necesidad de mantenerlos vinculados al proceso puede ser satisfecha con una medida cautelar de menor intensidad distinta de la prisión preventiva, máxime considerando la pena de simple delito asociada respecto del delito de receptación aduanera. 5° Que, en tales condiciones, la medida de prisión preventiva decretada aparece como desproporcionada en relación con la finalidad cautelar que persigue, resultando procedente su sustitución por medidas cautelares personales de menor intensidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 155 del Código Procesal Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de dieciocho de diciembre de dos mil veinticinco, dictada en la causa RIT 17468-2025, por el Juzgado de Garantía de Rancagua, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Juan Carlos Joao Bermúdez y Johanny de Jesús Sthormes Castro y, en su lugar se les imponen las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, letras a) y d), esto es, arresto domiciliario total, en el domicilio que hubieren registrado en el tribunal a quo y arraigo nacional. Dese orden de inmediata libertad a los imputados, sino estuvieren privados de ella por causa diversa. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte Penal-1424-2025.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1° Que, en la presente causa corresponde conocer el recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de los imputados Juan Carlos Joao Bermúdez y Johanny de Jesús Sthormes Castro. 2° Que, para res
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