SIN INFORMACION

VERIUS DESTINE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que, a folio 1, comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, actuando por sí y en favor de Destine Verius, de nacionalidad haitiana, deduciendo recurso de amparo en contra de la Resolución Exenta N° 25035852 de 23 de enero de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones. Señala que el amparado ingresó legalmente al país y cambió su condición migratoria a residente temporario. El 21 de julio de 2023, realizó solicitud de residencia definitiva. Posteriormente, mediante resolución de 23 de enero de 2025, el Servicio Nacional de Migraciones rechazó dicha solicitud, fundamentando su decisión en que el solicitante no habría remitido copia de la sanción por residir en el país con permiso de residencia vencido. Sostiene que jamás fue notificado del previo rechazo, vulnerándose el artículo 31 de la Ley N° 19.880. Además, indican que apenas tomó conocimiento de la resolución recurrida, procedió a cancelar la multa correspondiente el 6 de noviembre de 2025. Agregan que la resolución carece de proporcionalidad y razonabilidad, toda vez que el amparado reconoció su falta, pagó voluntariamente la multa e incluso realizó el pago de una multa adicional previa a la interposición del presente recurso. Expone que cumple con todos los requisitos legales para el otorgamiento de la residencia definitiva, no registrando antecedentes penales ni en su país de origen ni en Chile, contando además con recursos económicos suficientes, contrato de trabajo vigente y pago íntegro de cotizaciones previsionales. Finalmente, argumenta que la resolución impugnada afecta gravemente la libertad personal del amparado, amenazándolo con abandono del país, situación que consideran desmedida atendida su residencia de más de 5 años en Chile y su núcleo familiar, laboral y social establecido. Destacan especialmente que el amparado tiene una hija recién nacida, Neica Verius Simeon, de nacionalidad chilena, por lo que la decisión vulnera el interés superior

Fundamentos

motivos de rechazo, toda vez que el amparado no realizó el pago de la multa impuesta por residencia irregular dentro del plazo otorgado. En consecuencia, mediante Resolución Exenta N° 25035852, de 23 de enero de 2025, se rechazó la solicitud de residencia definitiva, disponiendo el abandono del país en el plazo de 15 días. Señala que el comprobante de pago folio N° 61749789, de 17 de julio de 2024, acompañado por el amparado, corresponde a proceso sancionatorio por no haber solicitado cédula de identidad en plazo, previsto en el artículo 106 de la Ley N° 21.325, y no guarda relación con la sanción pecuniaria de los artículos 107 y 119 relativos a residencia irregular. Además, destaca que el comprobante de pago acompañado fue pagado con notoria posterioridad -6 de noviembre de 2025- a la dictación de la Resolución Exenta de 23 de enero de 2025, configurándose un actuar extemporáneo que contraviene las condiciones establecidas por la autoridad, lo que acredita el incumplimiento y refuerza que esta autoridad, al momento de resolver, actuó conforme a derecho. Solicita el rechazo del recurso de amparo en todas sus partes, por no configurarse los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, al no existir acto u omisión arbitrario o ilegal que haya privado, perturbado o amenazado el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales de libertad personal y seguridad individual. Para acreditar sus alegaciones, adjuntó los siguientes documentos: 1) Copia de escritura pública Repertorio N° 196/2025, de 23 de enero de 2025; y 2) Comunicación electrónica N° 64984091, de 23 de septiembre de 2024. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía cautelar, se impugna la legalidad de la Resolución Exenta N° 25035852 de 23 de enero de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y ordenó su abandono del territorio nacional dentro de un plazo de quince días. El recurrente sostiene que dicho acto vulnera su libertad personal y seguridad individual, al impedirle residir y permanecer en Chile pese a su arraigo familiar, social y laboral, así como al interés superior de su hija menor de edad de nacionalidad chilena. Segundo: Que, la autoridad recurrida informa que el amparado postuló encontrándose en situación migratoria irregular y que, en esa circunstancia, no acreditó el pago de la multa correspondiente a dicha irregularidad. Añade que, mediante comunicación electrónica de 23 de septiembre de 2024, se le otorgó un plazo de 10 días hábiles para subsanar, lo que no fue cumplido y al no haberse desvirtuado la causal de rechazo invocada, resultó procedente rechazar la solicitud de residencia definitiva y disponer la orden de abandono del país, la que califica como una consecuencia legal necesaria. Tercero: Que, el análisis propio de esta acción debe efectuarse bajo el principio pro homine, expresamente reconoc

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de amparo, se acoge, sin costas, la acción constitucional deducida en favor de Destine Verius y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 25035852 de 23 de enero de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad administrativa reabrir el procedimiento y otorgar al amparado un nuevo plazo no inferior 30 días hábiles para que acompañe el comprobante de pago de multa establecida como sanción por residencia irregular, si no fuere el que se adjunta, emitiendo posteriormente la resolución que en derecho corresponda. Se previene que la Ministra señora Lavín, estuvo por otorgar un plazo de 15 días, al recurrente para acompañar el comprobante de pago de multa requerida. Adjúntese el comprobante de pago de multa de folio 1. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-4933-2025.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: Que, a folio 1, comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, actuando por sí y en favor de Destine Verius, de nacionalidad haitiana, deduciendo recurso de amparo en contra de la Resolución Exenta N° 25035852 de 23 de enero de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Mi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica