SIN INFORMACION

MORENO/RAMOS

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°) Que, en el folio 1 doña Carmen Moreno Muñoz, abogada de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, coordinadora del programa “la niñez y adolescencia se defiende”, interpone recurso de protección a su favor y en contra del tribunal de familia de Copiapó, y las personas que en su libelo se indican, por la dictación de las resoluciones de fecha 25 de noviembre de 2025 en la causa RIT C-868-2025, que rechazó la reposición interpuesta en tiempo y forma y en contra de la resolución de fecha 19 de noviembre del año en curso, de dichos autos y otras resoluciones que decretan el apercibimiento que ella señala. 2°) Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 3°) Que, de la atenta lectura del recurso en examen, se desprende que el conflicto que se denuncia por la recurrente, es propio de una cuestión de índole procesal que debe ser canalizada por las vías ordinarias que la legislación procesal de familia contempla, y no a través del presente procedimiento de tutela, pues el mismo se encuentra consagrado para situaciones de urgencia que deben ser resueltas en forma expedita, siendo más bien propio el conflicto que se denuncia, uno de aquellos que debe ser conocido y resuelto por los medios que la ley 19.968 contempla. Por lo anterior, según lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el recurso deducido en el folio 1 por doña Carmen Moreno Muñoz. Al primer otrosí, téngase por acompañados los documentos. Al segundo otrosí, estese lo resuelto a lo principal. Al te

Fallo

fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el recurso deducido en el folio 1 por doña Carmen Moreno Muñoz. Al primer otrosí, téngase por acompañados los documentos. Al segundo otrosí, estese lo resuelto a lo principal. Al tercer otrosí, téngase presente. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-625-2025/cls

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1°) Que, en el folio 1 doña Carmen Moreno Muñoz, abogada de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, coordinadora del programa “la niñez y adolescencia se defiende”, interpone recurso de protección a su favor y en contra del tribunal de familia de Copiapó, y las personas que en su libelo se in

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