SIN INFORMACION

/BERTIN

Rol

Fecha

20 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, el día 19 de diciembre, comparece el abogado Claudio Herrera Reyes, defensor penal público, actuando en representación del sentenciado Manuel Alberto Maldonado Villegas, en causa RIT 1913-2023, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución pronunciada con fecha 17 de diciembre del año en curso, por la magistrada Ximena Bertín Pugín, Jueza de Garantía de Puerto Varas, quien en audiencia, revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial concedida al amparado, disponiendo su cumplimiento efectivo. Explica que el día 24 de enero en curso, el Juzgado de Garantía de Puerto Varas condenó al imputado, por el delito de receptación de vehículo motorizado (RIT 2503-2023) a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y multa de 2 UTM, y otorgó la forma de cumplimiento de reclusión parcial. Agrega que, en la misma audiencia, se dicta sentencia en causa RIT 1918-2023 por el delito de conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional requerida, imponiendo la pena de 41 días de prisión en su grado máximo. La forma de cumplimiento de esta pena es de reclusión parcial, y se señala en la sentencia que se cumplirá a continuación de la causa RIT 2503-2023. Alega que dadas las cuantías de las penas, conforme la regla del artículo 74 del Código Penal, debe iniciar por la de mayor gravedad, o sea la más alta en la escala respectiva, y por ello inicia los trámites para cumplir la pena de la causa RIT 2503-2023, que por incumplimiento se le revoca, disponiendo su cumplimiento efectivo. En ese sentido, argumenta que el imputado no ha iniciado el cumplimiento de la sentencia de la causa RIT 1918-2023, que debía iniciar una vez finalizada la RIT 2503-2023. Detalla luego, que con fecha 17 de diciembre en curso, fue formalizado por el delito de violación de morada en la causa RIT 2624-2025, ocurrido el 16 de julio de 2025 y en esa misma audiencia admite responsabilidad en procedimiento simplificado, y se le impone la pena de multa

Fundamentos

considerando: Primero: El recurso de amparo es una acción constitucional de tutela urgente del derecho fundamental a la garantía de la libertad personal y seguridad individual, establecidas en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza a los derechos fundamentales antes aludidos, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite, con el fin de que se ordene guardar las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que el fundamento inmediato de esta acción dice relación con la dictación de la resolución de fecha 17 de diciembre del año en curso, al revocar la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, entendiendo el recurrente que aquello no resulta procedente por no haberse iniciado el cumplimiento de la pena sustitutiva, y además por haberse impuesto una pena en concreto de falta. Tercero: Que al respecto, la recurrida sostiene la improcedencia de la acción interpuesta, conforme los argumentos expuestos en su informe y que se dieron por reproducidos en lo expositivo de este fallo. Cuarto: Que, para resolver, cabe tener presente que el artículo 27 de la Ley 18.216, dispone que: “Las penas sustitutivas reguladas en esta ley siempre se considerarán quebrantadas por el solo ministerio de la ley y darán lugar a su revocación, si durante su cumplimiento el condenado cometiere nuevo crimen o simple delito y fuere condenado por sentencia firme.” Quinto: Que, por sentencia del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, de 24 de enero en curso, condenó al imputado, por el delito de receptación de vehículo motorizado (RIT 2503-2023) a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y multa de 2 UTM, y otorgó la forma de cumplimiento de reclusión parcial. En la misma audiencia, se dicta sentencia en causa RIT 1918-2023 por el delito de conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional requerida, imponiendo la pena de 41 días de prisión en su grado máximo. La forma de cumplimiento de esta pena es de reclusión parcial, y se señala en la sentencia que se cumplirá a continuación de la causa RIT 2503-2023. Posteriormente, en audiencia del día 16 de septiembre en curso, se revoca la pena de reclusión parcial domiciliaria otorgada en la causa RIT 2503-2023, y actualmente el amparado cumple dicha pena de manera efectiva. Luego, el día 17 de diciembre del año en curso, el Juzgado de Garantía de Puerto Varas en la causa RIT 2624-2025 condenó al amparado Manuel Maldonado Villegas, como autor del delito consumado de violación de morada, cometido el día 16 de julio de 2025 a la pena de multa de 1 U.T.M., la que se sustituyó por trabajos comunitarios, quedando

Fallo

por tanto pena de falta, y la norma exige que la nueva condena sea además por crimen o simple delito. Pide se deje sin efecto la resolución impugnada, que revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial otorgada al amparado en causa RIT 1918-2023 por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas por la regla del artículo 27 de la ley 18.216, y disponer que el ingreso del sentenciado al cumplimiento de la pena sustitutiva de reclusión parcial se realice una vez cumplida la pena que purga de manera efectiva en Centro de Cumplimiento Penitenciario de Puerto Montt en causa RIT 2503-2023 del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, debiendo oficiar al Centro de Reinserción Social de Puerto Montt. A folio 6 informa la jueza de Garantía de Puerto Varas, doña María José Rojas, quien señala en lo pertinente, que en audiencia de 17 de diciembre en la causa RIT 1918-2023, se dio cuenta de informe remitido por el C.R.S., que indica que el sentenciado no ha dado inicio al cumplimiento de la sustitutiva de reclusión parcial nocturna, según fue ordenado en la sentencia de 24 de enero en curso, y se encontraba cumpliendo la condena dictada en causa RIT 2503-2023 donde fue revocada la reclusión parcial domiciliaria nocturna. Transcribe luego lo resuelto en audiencia de revisión de la pena sustitutiva, en que se resuelve que el Tribunal estima que la pena se comenzó a cumplir desde el momento que el Tribunal dispuso cumplimiento sucesivo, y ahí se revocó la primera de las penas sustitutivas, y entendi

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinte de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, el día 19 de diciembre, comparece el abogado Claudio Herrera Reyes, defensor penal público, actuando en representación del sentenciado Manuel Alberto Maldonado Villegas, en causa RIT 1913-2023, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución pronunciada con fecha 17 de diciembre del año en curso, p

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica