MP.C/NICOLÁS FABIÁN CORDERO GUZMÁN.
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se conocen y lo expuesto en audiencia, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y carácter de los delitos, su multiplicidad, bienes jurídicos protegidos, la reprochable conducta anterior del imputado, la gravedad de la pena asignada a uno de los delitos y su eventual forma de cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de diciembre del año en curso, dictada en los autos RIT 6724-2025 por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva del imputado Nicolás Fabián Cordero Guzmán. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°4187-2025 Penal
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Fecha: veinte de diciembre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Rol Corte:4187-2025 RIT: 6724-2025 Ruc: 2501779440-2 Tribunal: 11° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): Natalia Arancibia Sepúlveda Imputado: Nicolás Fabián Cordero Guzmán Tipo de Recurso: Apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: folio N° 4 San Miguel, veinte de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y oídos los
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