SIN INFORMACION

FUENTES ALCALA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que se recurre de protección en favor de Roxcelys Pamela Fuentes Alcala, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria consistente en no dictar un acto conclusivo respecto de la solicitud de carta de nacionalización presentada por la recurrente el 17 de marzo de 2023. Omisión que considera ilegal y arbitraria, ya que desconoce los plazos y principios que rigen el procedimiento administrativo y la obligación de pronunciarse expresamente, vulnerando con ello las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y de igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, consagradas en el artículo 19 N°2 y N°3 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Expone que la recurrente ingresó su solicitud de nacionalización cumpliendo con todos los requisitos legales a través de la plataforma electrónica habilitada, siendo informada posteriormente del avance de su trámite a etapa de análisis, del pago de derechos y de la citación a entrevista ante la Policía de Investigaciones, sin que hasta la fecha se haya emitido resolución final. Añade que dicha dilación es injustificada, excesiva y desproporcionada, familia. En cuanto a los

Fundamentos

fundamentos jurídicos, sostiene que la autoridad recurrida ha infringido lo dispuesto en el artículo 10 N°3 de la Constitución y en el Decreto Supremo N°5.142, así como las bases y principios del procedimiento administrativo consagrados en la Ley N°19.880, especialmente los de celeridad, conclusivo, economía procedimental e inexcusabilidad, además del plazo máximo de seis meses para dictar la decisión final. Argumenta que la discrecionalidad administrativa en esta materia es reglada y no exime del deber de resolver fundadamente. En concepto del recurso, la omisión denunciada vulnera la garantía de igualdad ante la ley al otorgar a la recurrente un trato desigual respecto de otros solicitantes en similar situación que han obtenido respuesta, y afecta además la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, al privarla de un debido proceso administrativo oportuno y fundado.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene a las recurridas dictar prontamente un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud de carta de nacionalización de la recurrente, adoptando las medidas que resulten pertinentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de las garantías constitucionales invocadas. Segundo: Que, al evacuar informe, el Servicio Nacional de Migraciones solicita el rechazo total del recurso de protección por estimar que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales de procedencia de la acción, al no existir acto u omisión ilegal o arbitraria imputable a dicha autoridad. Indica que la solicitud de la recurrida se encuentra en etapa de asignación a la Policía de Investigaciones de Chile. En cuanto a los fundamentos de derecho, sostiene que la carta de nacionalización constituye una concesión o gracia regulada por el artículo 10 de la Constitución, el artículo 84 de la Ley N°21.325 y el Decreto Supremo N°5.142 de 1960, cuyo otorgamiento corresponde al Presidente de la República mediante decreto refrendado por el Ministerio del Interior, razón por la cual alega falta de legitimación pasiva, al haber cesado su competencia con la remisión de los antecedentes. Añade, además, que la recurrente mantiene residencia definitiva vigente, por lo que la pendencia del trámite no afecta su situación migratoria ni el ejercicio de sus derechos, tratándose las ventajas invocadas de m

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que se recurre de protección en favor de Roxcelys Pamela Fuentes Alcala, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria consistente en no dictar un acto conclusivo respecto de la sol

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