LINA SIERRA FORER/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Que, a folio 1 se deduce acción de Protección de garantías constitucionales en favor LINA CATHERIN SIERRA FORERO, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la resolución exenta n° 25445314 de fecha 25 de agosto de 2025 que ordena el archivo de la solicitud de residencia definitiva. Que, el Servicio Nacional de Migraciones evacúa el informe solicitado. Se traen los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la dictación resolución exenta n° 25445314 de fecha 25 de agosto de 2025 que ordena el archivo de la solicitud de residencia definitiva presentada por la recurrente. Segundo: Que, el Servicio Nacional de Migraciones informa que mediante la Resolución Exenta N°25445314 de fecha 25 de agosto 2025, se archivó la solicitud de la recurrente, fundado en que este no había dado cumplimiento con la solicitud de subsanar los antecedentes realizada por la recurrida a través de comunicación electrónica de fecha 30 de diciembre de 2024 y que no se encuentra en territorio nacional desde 12 de diciembre de 2024, por lo que solicita el rechazo de la presente acción por existir un pronunciamiento por parte del Servicio. Tercero: Que, de los antecedentes es posible concluir que el Servicio no tomo en consideración el certificado de movimientos migratorios en el que consta una salida en el 14 de agosto de 2025 y luego entrada el 31 de agosto de 2025, por lo que se encuentra en el país. Cuarto: Que, de esta manera, se estima un actuar arbitrario por parte de la Administración al no considerar estos antecedentes aportados por parte de la recurrente al archivar la solicitud de residencia definitiva, razones que conllevan a acoger la presente acción como se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de LINA CATHERIN SIERRA FORERO, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°25445314 de fecha 25 de agosto 2025, que archivó la solicitud de la recurrente debiendo la recurrida desarchivar la solicitud de residencia definitiva y otorgar un nuevo plazo de noventa días hábiles para que la recurrente acompañe la documentación pertinente, debiendo pronunciarse el órgano migratorio respectivo, una vez cumplido lo anterior. Acordada con el voto en contra de la Ministra (S) Señora Valeria Echeverría Vega, quien fue del parecer de rechazar el presente arbitrio por considerar que, la recurrente cuenta con un registro de salida del país con fecha 12 de diciembre de 2024 y luego no consta su ingreso tal como se acredita en el certificado de fecha 25 de septiembre de 2025, para luego registrar una nueva salida con fecha 14 de agosto de 2025, por lo que se entiende que tuvo un ingreso por paso no habilitado antes de la última salida registrada. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-5985-2025. En Valparaíso, diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la res
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Que, a folio 1 se deduce acción de Protección de garantías constitucionales en favor LINA CATHERIN SIERRA FORERO, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la resolución exenta n° 25445314 de fecha 25 de agosto de 2025 que ordena el archivo de la solicitud de residencia definitiva. Que
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica