SIN INFORMACION

SALINAS/C.C.A.F. LOS HÉROES

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Comparece Jorge Lena Salgado, abogado en favor de don RENÉ ANTONIO SALINAS VILLALOBOS, quien interpone recurso de protección en contra de la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS HÉROES, por el actuar que estima ilegal y arbitrario consistente en informar para descuento el crédito en parcialidades, en sus remuneraciones, habiendo optado la Caja por la vía civil haciendo uso de cláusula de aceleración, exigiendo el pago total de la deuda en juicio ejecutivo, en el que se acogió excepción de prescripción, lo que vulneraría las garantías de los numerales 1, 2, 3 inciso 5° y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica, que solicitó un crédito que materializó mediante la suscripción de un pagare N° 105246791, que fue suscrito con fecha 07 de enero del año 2021 por la suma de $7.057.560.-, por concepto de capital, más los intereses. Añade que producto del incumplimiento en el pago por su parte, la recurrida “CAJA LOS HEROES”, inicio un juicio ejecutivo en su contra que actualmente se tramita ante el 7º Juzgado de Letras en Lo Civil de Santiago, bajo el ROL C-17074-2023, el que concluyó por sentencia firme y ejecutoriada de fecha 28 de febrero de 2025, en que se acogió excepción de prescripción opuesta por su representado. Agrega que presta servicios en Anglo American Sur S.A. y recibió por el mes trabajado de MAYO 2025, su liquidación de remuneración, en la cual se detecta dos descuentos denominados “Préstamo CCAF”, por la suma de $19.772.-, y por la suma de $231.110.- Alega que Caja de compensación Los Héroes, ya había judicializado el cobro de la deuda, cuya acción fue declarada prescrita, sin embargo, igualmente ahora intenta obtener el pago del crédito ordenando el descuento de la cuota a su nuevo empleador. Sostiene que resulta evidente la presencia de un acto ilegal y arbitrario, que vulnera las garantías constitucionales, pues se ha realizado un descuento por planilla del sueldo que recibe mi representado, por medio

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Luego, es requisito indispensable de la acción de protección la existencia, por un lado, de un acto u omisión ilegal -esto es, contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho o voluntad de quien incurre en él- y que provoque algunas de las situaciones que se han indicado. SEGUNDO: Que en el presente caso se ha denunciado que la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, ha procedido a descontar en forma ilegal o arbitraria las remuneraciones del recurrente, por lo cual éste solicita se ordene a la recurrida cesar en efectuar los referidos descuentos de su remuneración y las restitución de los fondos descontados arbitrariamente. TERCERO: Por su parte, al informar el recurso, la recurrida se allana al mismo, sin perjuicio de lo cual no consta en el proceso que se hayan reintegrado las cuotas cobradas al afectado, si es que fuere procedente. CUARTO: Que, en todo caso, al haberse allanado la recurrida, no cabe sino concluir que actuó de manera injustificada, reviviendo por este medio un beneficio que el artículo 22 de la Ley N°18.833 le concede siempre que se trate de un cobro oportuno, el que de este modo ha forzado unilateralmente, originando una garantía de pago improcedente en consideración a que ya había iniciado el cobro ejecutivo de los dineros entregados, acelerando el crédito, cuya acción ejecutiva por lo demás fue declarada prescrita a su respecto. Así, su actual decisión de provocar el pago de la deuda a través de descuentos en las remuneraciones del trabajador deviene en antojadiza, sin perjuicio de su derecho para perseguir el pago de la obligación por los medios legales ordinarios. QUINTO: Que, en virtud de lo anterior, habiéndose allanado la parte recurrida a lo solicitado por el compareciente, es dable inferir que reconoce el actuar ilegal y arbitrario en que ha incurrido, por lo cual se acogerá el recurso, en tanto ha conculcado la garantía establecida en el artículo 19 Nº 24, de la Carta Fundamental sobre el derecho de propiedad, teniendo especialmente presente, que no consta en el proceso que la recurrida haya cumplido con el ofrecimiento señalado en su informe en cuanto a la restitución de los dineros descontados.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, SE ACOGE, con costas, el recurso deducido en favor de por RENÉ ANTONIO SALINAS VILLALOBOS, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, debiendo la recurrida suspender los descuentos por planilla efectuados sobre la remuneración mensual del recurrente, y, proceder a la devolución, a la brevedad, de todos los dineros que hubiesen sido descontados al actor por ese concepto y que lo hayan sido con posterioridad al inicio del procedimiento ejecutivo incoado por la recurrida. Atendida la condena en costas impuesta por la sentencia, se regulan las costas personales producidas en esta instancia en la suma de $300.000 (trescientos mil pesos). Téngase por aprobada dicha regulación si las partes no la objetaren dentro de tercero día desde la notificación por el estado diario de este fallo. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° Protección-2408-2025.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Al folio 10: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Al folio 11: Téngase presente. VISTOS: Comparece Jorge Lena Salgado, abogado en favor de don RENÉ ANTONIO SALINAS VILLALOBOS, quien interpone recurso de protección en contra de la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS HÉROES, por el actuar qu

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