SIN INFORMACION

EDUARDO ANDRES MACAYA GACITUA /12° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Christian Basualto Olivares, quien deduce acción de amparo en favor de Eduardo Andrés Macaya Gacitúa, actualmente privado de libertad en el CDP de Santiago Sur, contra del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, con motivo de las resoluciones dictadas el 5 y 10 de diciembre de 2025 que han extendido su privación de libertad de manera ilegal. Explica que el 3 de agosto de 2024, se realizó audiencia de control de detención y formalización respecto del recurrente, oportunidad en que se comunicó que se sigue una investigación en su contra por hechos constitutivos del delito de homicidio, previsto y sancionado en el artículo 391 N°2 del Código Penal. En esa audiencia, se decretó la medida cautelar de prisión preventiva, la que se ha mantenido hasta el día de hoy. Refiere que el 5 de diciembre del año en curso, el tribunal tuvo por deducida acusación en su contra, citando a los intervinientes a audiencia de preparación de juicio oral para el 10 de marzo de 2026. Señala que en contra de dicha resolución presentó recurso de reposición, a fin de que se fijara audiencia dentro del plazo previsto en el artículo 260 del Código Procesal Penal, el que fue desestimado con fecha 12 de diciembre pasado, fundamentando el tribunal que la fecha fijada se debe estrictamente a temas de agenda. Plantea la existencia de un menoscabo a la libertad individual del recurrente por cuanto el efecto de que se mantenga la fecha de la audiencia preparatoria a marzo de 2026 es que la prisión preventiva se extenderá por 84 días más, alcanzando un total de 581 días desde su imposición, en circunstancias que el plazo máximo para la realización de dicha audiencia se encuentra regulado en el artículo 260 del Código Adjetivo. Pide que se acoja el presente recurso, dejando sin efecto las resoluciones cuestionadas y ordenando al tribunal fijar audiencia dentro del plazo previsto en el artículo antes referido. Segundo: Que informa al tenor del

Fundamentos

considerando para ello que la fecha agendada para la audiencia de preparación de juicio oral excede el plazo legal dispuesto en el artículo 260 del Código Procesal Penal, pudiendo aquello tener incidencia en la privación de libertad del imputado. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°1661-2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Christian Basualto Olivares, quien deduce acción de amparo en favor de Eduardo Andrés Macaya Gacitúa, actualmente privado de libertad en el CDP de Santiago Sur, contra del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, con motivo de las resoluciones dictadas el 5 y 10 de diciembre de 2025

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