SIN INFORMACION

CONSTRUCTORA SAN GUILLERMO LTDA./TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Pablo Arriagada Diaz, abogado, en representación de la Constructora San Guillermo Limitada, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 13 de marzo de 2025, dictada por el Juez Sustanciador de la Tesorería Regional de Coquimbo, que denegó por improcedente la apelación subsidiaria deducida en el marco de procedimientos de cobranza por impuesto territorial seguidos respecto del inmueble, ubicado en la comuna de Paihuano. Expone que, no obstante existir embargo sobre dicho inmueble y encontrarse pendiente un juicio ordinario de prescripción de contribuciones anteriores al año 2020 ante el Primer Juzgado Civil de La Serena (Rol C-1120-2024), la Tesorería decretó el 29 de enero de 2025 la ampliación del embargo al patrimonio personal del representante legal de la sociedad, afectando cuentas bancarias. Frente a ello, la recurrente dedujo reposiciones con apelación en subsidio, cuestionando la ampliación del embargo por falta de proporcionalidad, omisión de traslado incidental y desatención de la existencia del juicio de prescripción. Dichos recursos fueron rechazados mediante resoluciones de 25 de febrero y 13 de marzo de 2025, declarándose improcedente la apelación en ambos casos. Sostiene que la negativa a conceder la apelación carece de fundamentación legal suficiente y vulnera lo dispuesto en el artículo 190 inciso segundo del Código Tributario, en relación con los artículos 187, 188 y 194 del Código de Procedimiento Civil, normas que permiten la apelación de resoluciones incidentales que establecen derechos de manera permanente. Por lo expuesto, solicita que se declare que el recurso de apelación es procedente y sea resuelto por la Ilustrísima Corte de Apelaciones. SEGUNDO: Que, informó el recurso Cristian Pinochet Arriagada, director regional Tesorero de Coquimbo, solicitando el rechazo del recurso, en base a los siguientes antecedentes: Refiere, en lo pertinente que, en diversos procedimientos d

Fallo

Por lo expuesto, solicita que se declare que el recurso de apelación es procedente y sea resuelto por la Ilustrísima Corte de Apelaciones. SEGUNDO: Que, informó el recurso Cristian Pinochet Arriagada, director regional Tesorero de Coquimbo, solicitando el rechazo del recurso, en base a los siguientes antecedentes: Refiere, en lo pertinente que, en diversos procedimientos de cobranza por impuesto territorial, seguidos en contra de Constructora San Guillermo Ltda., respecto del inmueble rol 24-123-186 de la comuna de Paihuano, se encontraba vigente un embargo sobre el bien raíz. Sin embargo, dicho inmueble constituye un bien de difícil realización, por cuanto se encuentra hipotecado y, además, Tesorería no dispone de recursos presupuestarios para llevar adelante su remate. Expone que el 29 de enero de 2025, Tesorería decretó la ampliación del embargo al patrimonio personal del representante legal de la sociedad, ordenando la retención de cuentas bancarias, medida que estima plenamente ajustada a lo dispuesto en el artículo 456 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil. Indica que, frente a esta decisión, la contribuyente dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio, los que fueron rechazados mediante resoluciones de 25 de febrero y 13 de marzo de 2025. En ambas resoluciones, Tesorería declaró improcedente la apelación, por estimar que se trata de autos o decretos que no alteran la substanciación regular del procedimiento de cobranza ni establecen trámites no

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Constructora San Guillermo Limitada Tesorería General de La República Recurso de Hecho Rol N°437-2025 Civil.- La Serena, diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Pablo Arriagada Diaz, abogado, en representación de la Constructora San Guillermo Limitada, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 13 de marzo de 2025, dictada

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