ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2025
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1° Que, en la decisión respecto de la materia en alzada, debe tenerse en especial consideración el interés superior de los niños, contexto en el cual resulta trascendente lo informado por el Programa AFT–PF ACJ Rengo 3, el que refiere, en lo esencial: “que las niñas han quedado bajo los cuidados provisorios del padre, sin embargo, se ha observado una marcada afectación emocional derivada de esta medida. La NNA ha manifestado que no le permiten ver a su madre, expresando que la extraña profundamente y que no fue consultada al respecto a su opinión respecto. Además señala que recién varios días después se le informó...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1° Que, en la decisión respecto de la materia en alzada, debe tenerse en especial consideración el interés superior de los niños, contexto en el cual resulta trascendente lo informado por el Programa AFT–PF ACJ Rengo 3, el que refiere, en lo esencial: “que las niñas han quedado bajo los cuidados provisorios del padr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica