ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2025
Materia
SOBORNO.ART. 250. PERSONA NATURAL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: 1° Que, en primer término, cabe recordar que para decretar el sobreseimiento definitivo se requiere tener certeza total sobre la concurrencia de la causal alegada, en la especie, la prevista en la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal, que se configura cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito, ello por cuanto la resolución que se pronuncie al efecto pone término al procedimiento de manera definitiva y permanente a través del efecto de cosa juzgada. En este mismo sentido, esta Corte ha sostenido que el “sobreseimiento definitivo constituye un método anticipado de poner ...
Texto Completo (Preview)
Rancagua, diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo, además, presente: 1° Que, en primer término, cabe recordar que para decretar el sobreseimiento definitivo se requiere tener certeza total sobre la concurrencia de la causal alegada, en la especie, la prevista en la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal, que se configura cuando el hecho investigado no fuere c
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