2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ROJAS/GRUPO DE SERVICIOS INTEGRALES CHILE S.A

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2025

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en antecedentes RIT O-2261-2024, comparece Álvaro Marcelo Rojas Figueroa y, en procedimiento de aplicación general, presenta demanda en contra del Grupo de Servicios Integrales Chile S.A., representado por Jocelin Medina Quinteros. Pide declarar que la relación laboral entre las partes se extendió entre el 14 de noviembre de 2017 y el 2 de enero de 2024; que la remuneración mensual para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo es la suma de $ 1.886.973 o la suma mayor o menor que el tribunal determine conforme a derecho; que la relación laboral concluyó el 2 de enero de 2024 por aplicación indebida de la causal disciplinaria contemplada en el N° 7 del artículo 160 del Código del Trabajo; que, en consecuencia, se condene a la demandada a pagar las cantidades que señala por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicios, recargo legal del 80% sobre la indemnización legal por años de servicios. Solicita el reajuste de todas las sumas reclamadas, a las que se les debe aplicar el interés máximo permitido para operaciones reajustables, según lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Se condene en costas a la demandada. Por sentencia de treinta de agosto de dos mil veinticuatro, se acoge la demanda y se declara que existió relación laboral entre el 14 de noviembre de 2017 y el 2 de enero de 2024, fecha esta última en que aconteció un despido por el artículo 160 N°7, el que no se encuentra ajustado a derecho y, en consecuencia, se ordena el pago de los montos que se indican por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, indemnización por 6 años de servicios con recargo legal y se dispone que las sumas ordenadas pagar serán de acuerdo con los reajustes y los intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. Cada parte pagará sus costas. En contra de dicha sentencia, la dema

Fundamentos

Considerando: Primero: Señala la recurrente que la sentencia ha sido dictada con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en particular, transgrediendo lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo. Explica que en el

Fallo

se declara que existió relación laboral entre el 14 de noviembre de 2017 y el 2 de enero de 2024, fecha esta última en que aconteció un despido por el artículo 160 N°7, el que no se encuentra ajustado a derecho y, en consecuencia, se ordena el pago de los montos que se indican por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, indemnización por 6 años de servicios con recargo legal y se dispone que las sumas ordenadas pagar serán de acuerdo con los reajustes y los intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. Cada parte pagará sus costas. En contra de dicha sentencia, la demandada interpone recurso de nulidad invocando la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible e incorporado a tabla para su conocimiento y resolución. Considerando: Primero: Señala la recurrente que la sentencia ha sido dictada con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en particular, transgrediendo lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo. Explica que en el fallo se considera, para efectos del cálculo de la remuneración que debe servir de base a las indemnizaciones por término de contrato, la suma de $1.886.973 y para arribar a dicha cifra se incluye un promedio de horas extras por la suma de $110.715, lo que contraría -a juicio de la impugnante- el texto legal expreso del artículo 172 del Código del Trabajo, que expresamente excluye de la

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Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en antecedentes RIT O-2261-2024, comparece Álvaro Marcelo Rojas Figueroa y, en procedimiento de aplicación general, presenta demanda en contra del Grupo de Servicios Integrales Chile S.A., representado por Jocelin Medina Quinteros. Pide declarar que la relación laboral en

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