SIN INFORMACION

VERDUGO/SII DIRECCIÓN REGIONAL

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que el 9 de junio de 2025, el abogado José Miguel Banda Miranda, en representación de don Bernardo Enrique Verdugo Bravo, interpuso un recurso de protección en contra del Servicio de Impuestos Internos, representado por su Directora Regional doña Claudia Zuleta, por actos que estima ilegales y arbitrarios relacionados con la inclusión del recurrente en una nómina de contribuyentes con comportamiento irregular en la emisión de documentos tributarios, lo que ha afectado gravemente su actividad económica, vulnerando la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 3, 21 y 22 de la Constitución Política de la República. Agrega que, con fecha 2 de junio de 2025, el servicio recurrido dictó una resolución que deniega la petición administrativa efectuada por el contribuyente recurrente, mediante se solicitó la eliminación de la alerta de emisor irregular de documentos tributarios y excluir los documentos emitidos por dicho contribuyente del registro “no incluir” del receptor, para que sean incorporados en el libro de compraventa diarias del contribuyente receptor. Indica que, la resolución recurrida del servicio carece de fundamentos y no se hace cargo de las peticiones concretas de la solitud, sino que en sus motivaciones se extiende a hechos diversos a los planteados, que no guardan relación alguna con lo solicitado, omite pronunciamiento sobre las peticiones concretas, pese haber sido admitida por el servicio y luego denegada. Refiere que los hechos que motivan la interposición del mismo se originan el 30 de abril del presente año, fecha en la que el recurrente emitió la factura electrónica N° 2907 por servicios prestados a la sociedad CONSTRUCCIONES Y AMPLIACIONES RUKAN SpA, por el monto total de $22.185.884. Si bien dicha factura aparece emitida con total normalidad en el libro electrónico de ventas del contribuyente emisor, el mismo día recibió un llamado telefónico del receptor de la factura, quien le manifestó no haberla recepcionado en su respectivo libro de compras electrónico, percatándose que la factura en cuestión había ingresado en la contabilidad del receptor a un libro especial denominado "no incluir", dado que el sistema computacional indica una alerta indicando que dicha factura fue emitida por un contribuyente catalogado por el servicio recurrido como "contribuyente con comportamiento irregular en la emisión de documentos", impidiendo al receptor registrar la operación en su contabilidad y hacer uso del crédito fiscal que de ella emana. Sostiene que, hasta esa fecha desconocía completamente que sus facturas habían perdido la aptitud de tal, ya que si bien en la actualidad, se encuentra limitado para emitir facturas, hasta un determinado número de folios que el mismo servicio le asigna, en ningún caso fue notificado o informado de manera alguna que la restricción impuesta por el servicio de impuestos internos importaba que la facturación permitida carece de los atributos propios de una factura que corresponda

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por el abogado José Miguel Banda Miranda, en favor de Bernardo Enrique Verdugo Bravo en contra del Servicio de Impuestos Internos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Corte 928-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que el 9 de junio de 2025, el abogado José Miguel Banda Miranda, en representación de don Bernardo Enrique Verdugo Bravo, interpuso un recurso de protección en contra del Servicio de Impuestos Internos, representado por su Directora Regional doña Claudia Zuleta, por actos que estima ilegales y arbit

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