MP C/FÉLIX HERNÁN IBARRA MUÑOZ
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2025
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que, en la presente causa se atribuye responsabilidad penal al imputado Félix Hernán Ibarra Muñoz, quien con fecha 10 de diciembre de 2025 fue detenido en situación de flagrancia, luego de ingresar al domicilio de su cónyuge, doña Silvia Boza Navarrete, aproximadamente a las 05:00 horas, forzando la chapa del inmueble, profiriendo amenazas de muerte en su contra y agrediéndola físicamente, resultando la víctima con lesiones de carácter leve. Por tales hechos, el imputado fue formalizado por los delitos de daños simples, amenazas y lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, previstos y sancionados en los artículos 484, 399 y 296 N°3 del Código Penal. 2° Que, asimismo, consta de los antecedentes que el imputado registra un hecho previo de similar naturaleza, ocurrido alrededor de las 03:00 horas del mes de noviembre de 2023, ocasión en que ingresó al mismo inmueble y agredió a la misma víctima con pies y manos, provocándole lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, por lo que fue formalizado por el delito previsto en el artículo 399 del Código Penal, además de desacato, conforme al artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. 3° Que, sin controversia, se alegó en estrados que el imputado registra además dos causas penales anteriores en las que, en su oportunidad, fue sobreseído temporalmente por haberse encontrado en situación de rebeldía, antecedente que revela un patrón de inobservancia de los deberes procesales de comparecencia y constituye un elemento relevante para estimar configurado el peligro de fuga, en los términos del artículo 140 del Código Procesal Penal. 4° Que, así las cosas, atendida la reiteración de conductas, la gravedad concreta de los hechos imputados, la pena probable asociada a los mismos y, especialmente, los antecedentes procesales del imputado que dan cuenta de su renuencia a someterse a los actos del procedimiento, esta Corte estima que la necesidad de cautela se satisface únicament
Fundamentos
considerando lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de once de diciembre de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 820-2023 por el Juzgado de Garantía de Rancagua, que decretó la cautelar de prisión preventiva del imputado Félix Hernán Ibarra Muñoz. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1416-2025- Penal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, dieciocho de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que, en la presente causa se atribuye responsabilidad penal al imputado Félix Hernán Ibarra Muñoz, quien con fecha 10 de diciembre de 2025 fue detenido en situación de flagrancia, luego de ingresar al domicilio de su cónyuge, doña Silvia Boza Navarrete, aproximadamente a las 05:00 horas, forza
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