MP C/ N.N.
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se CONFIRMA la resolución apelada de doce de diciembre de dos mil veinticinco, por constituir la libertad de la imputada un peligro para la seguridad de la sociedad. Sin perjuicio de lo resuelto, se ordena remitir los antecedentes al Juzgado de Familia de Valdivia, por cuanto la conducta de la imputada pudiera configurar una vulneración de derechos respecto de su hijo menor de edad. Se previene que la Ministra Sra. María Soledad Piñeiro no comparte la decisión de remitir los antecedentes al Juzgado de Familia, atendido los
Fundamentos
fundamentos de derecho que exponen en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad. A continuación alega el Ministerio Público, solicitando en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que desarrolla en la audiencia se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Se CONFIRMA la resolución apelada de doce de diciembre de dos mil veinticinco, por constituir la libertad de la imputada un peligro para la seguridad de la sociedad. Sin perjuicio de lo resuelto, se ordena remitir los antecedentes al Juzgado de Familia de Valdivia, por cuanto la conducta de la imputada pudiera configurar una vulneración de derechos respecto de su hijo menor de edad. Se previene que la Ministra Sra. María Soledad Piñeiro no comparte la decisión de remitir los antecedentes al Juzgado de Familia, atendido los fundamentos expuestos en la audiencia y que constan en el respectivo registro de audio. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1658 – 2025 Penal El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 18 de diciembre de 2025. Jeanette Barría Ulloa Relatora Suplente En Valdivia, dieciocho de diciembre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECIOCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, PARA LA VISTA –POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2500382667–0, RIT 1479–2025. ROL CORTE 1658–2025. Siendo las 09:08 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro Sr. Samuel Muñoz Weis
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