MP.C/ MANUEL ÁNGEL DÍAZ MONARES.
Rol
Fecha
17 de diciembre de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, ante la manifiesta falta de interés y compromiso del imputado, atendiendo también las argumentaciones que ha realizado la propia delegada de libertad vigilada y desprendiéndose de los antecedentes una contumaz resistencia por parte de este a acatar los mandatos normativos y dar cumplimiento a la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva es posible inferir que otorgar nuevamente una orden de reingreso no cumplirá con el deber estatal de dar curso legal al procedimiento, el que no puede depender del mero arbitrio de la persona del penado. Y de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N°18.216, se confirma, en lo apelado, la resolución de veintisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. Acordada contra el voto del ministro señor Farias, quien estuvo por revocar la resolución apelada y conceder por última vez, el reingreso del encartado al cumplimiento de la pena sustitutiva en atención a las explicaciones dadas por la defensa. Regístrese y devuélvase. N° 2173-2025-PENAL.
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San Miguel, diecisiete de diciembre de dos mil veinticinco. Sala: TERCERA SALA Rol Corte: Penal-2173-2025 Ruc: 2201214704-3 Rit: 11150-2022 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Relatora: Marcela Labra Todorovich Imputado: Manuel Ángel Díaz Monares Tipo de Recurso: Penal-Apelación incidente. Resolución de Escritos en Audiencia: 2 San Miguel, diecisiete de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos
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