ARELLANO/CAPITANÍA DEL PUERTO DE CONSTITUCIÓN
Rol
Fecha
17 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2) Que de la presentación efectuada en estos autos, se deduce que los argumentos en que se funda la acción no son susceptibles de conocerse y resolverse por esta vía, toda vez que los hechos contra los cuales se recurre no caben en las hipótesis contenidas en el inciso 2° del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección. Y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE, por extemporáneo, el recurso de protección interpuesto a folio 1. Al primer otrosí: atendido lo resuelto precedentemente, no ha lugar. Al folio 6: a sus antecedentes. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 1675-2025/Protección./kpt.
Texto Completo (Preview)
Talca, diecisiete de diciembre de dos mil veinticinco. Resolviendo a lo principal de folio 1: Visto y considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la
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