10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/ JORGE CAMILO VIDAL RÍOS.

Rol

Fecha

17 de diciembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración por esta Corte para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al delito, carácter del mismo, bien jurídico protegido y forma de comisión, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de diciembre del año en curso, dictada en los autos RIT 2190-2025, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Jorge Camilo Vidal Ríos. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante señora Manzo, quien fue del parecer de revocar la referida resolución y sustituir la prisión preventiva del imputado ya individualizado, por las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, consistentes en arresto domiciliario total y prohibición de salir del país, por estimar que éstas son suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 4125-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecisiete de diciembre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 4125-2025 Penal Ruc: 2501158277-2 RIT: 2190-2025 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas, señora Nora Rosati Jerez y abogado integrante señora Paula Manzo Sagüez. Relator: Isabel Saavedra Reyes Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Hernán Fernández De

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