CÁRDENAS SAN MARTÍN VÍCTOR ANDRÉS / JUEZ DE GARANTÍA COYHAIQUE MUÑOZ FIERRO FABIOLA VIVIANA
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se tienen a la vista, advirtiéndose que las alegaciones esgrimidas no se corresponden con la naturaleza y fines del recurso de amparo, que habiliten servirse de esta vía cautelar de emergencia, sino, más bien, aparece de manifiesto que se apunta a consecuencias administrativas respecto de la conducta del amparado, cuestión que no se encuentra comprendida en las garantías constitucionales dispuestas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y, además, en conformidad a lo normado en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo de los Recursos de Amparo, se declara INADMISIBLE, el recurso de amparo deducido por el abogado Defensor Penal Penitenciario don Elvis Csmerati Esparza, en representación del condenado Víctor Andrés Cárdenas San Martín. Acordada la resolución anterior con el voto en contra de la Señora Ministra Titular doña Natalia Marcela Rencoret Oliva, quien fue de parecer de declarar admisible el recurso de amparo, por sus propios fundamentos. Regístrese y archívese estos antecedentes, en su oportunidad. Rol N° 99-2025 (Amparo).
Fallo
se resuelve: A lo principal y otrosíes: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se tienen a la vista, advirtiéndose que las alegaciones esgrimidas no se corresponden con la naturaleza y fines del recurso de amparo, que habiliten servirse de esta vía cautelar de emergencia, sino, más bien, aparece de manifiesto que se apunta a consecuencias administrativas respecto de la conducta del amparado, cuestión que no se encuentra comprendida en las garantías constitucionales dispuestas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y, además, en conformidad a lo normado en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo de los Recursos de Amparo, se declara INADMISIBLE, el recurso de amparo deducido por el abogado Defensor Penal Penitenciario don Elvis Csmerati Esparza, en representación del condenado Víctor Andrés Cárdenas San Martín. Acordada la resolución anterior con el voto en contra de la Señora Ministra Titular doña Natalia Marcela Rencoret Oliva, quien fue de parecer de declarar admisible el recurso de amparo, por sus propios fundamentos. Regístrese y archívese estos antecedentes, en su oportunidad. Rol N° 99-2025 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, dieciséis de diciembre de dos mil veinticinco. |Con la cuenta de la señora Relator, proveyendo la presentación de Folio 1, se resuelve: A lo principal y otrosíes: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se tienen a la vista, advirtiéndose que las alegaciones esgrimidas no se corresponden con la naturaleza y fines del recurso de amparo, que habiliten servirse de esta vía caut
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