ANONIMIZADO
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2025
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos, el estado actual de la causa con sentencia firme y ejecutoriada, teniendo presente que el recurso de apelación deducido por el abogado don Eduardo Salomón Lillo, en representación de la parte demandada y demandante reconvencional, lo ha sido contra de la resolución dictada con fecha seis de noviembre del año dos mil veinticinco, que tuvo presente la certificación de ejecutoria y ordenó oficiar al Conservador de Bienes Raíces, no es de aquellas susceptibles de tal remedio procesal; y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, SE ...
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a dieciséis de diciembre del año dos mil veinticinco. Con la cuenta de la señora Relator. VISTOS: Atendido el mérito de autos, el estado actual de la causa con sentencia firme y ejecutoriada, teniendo presente que el recurso de apelación deducido por el abogado don Eduardo Salomón Lillo, en representación de la parte demandada y demandante reconvencional, lo ha sido contra de la resoluc
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