VELÁSQUEZ - HUALA CON ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES
Rol
C-41-2023
Fecha
11 de diciembre de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1º Que, en estos autos interpone demanda, don Elías Fernando Huala Levill y don Adrián Alberto Velásquez Millacheo, representados por la abogada doña Maribel Andrea Briones Sanhueza, en contra de Zañartu Ingenieros Consultores Spa, representada por don Jaime Andrés Zurita Ureta. 2° Que conforme al acta de conciliación se estableció una cláusula del 50% de la suma en caso de incumplimiento de lo pactado. 3° Que, con fecha 10 de octubre del año en curso, se llegó a conciliación, dejando estipulado la fecha de pago hasta el 24 de noviembre de 2023. 4° Que, constando que a la fecha no se ha recibido dicho pago, la ejecutada efectivamente ha caído en incumplimiento, en consecuencia, en mora, siendo además merecedora a la sanción requerida por su contraparte. Para esto ha de tenerse en cuenta que la suma ofrecida a don Elías Fernando Huala Levill, corresponde a $2.655.773; y a don Adrián Alberto Velásquez Millacheo la suma de $2.967.000. 5° Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, se resuelve: I.- Ha lugar al incremento, el que se fija en un 50% respecto del monto ofrecido, equivalente a la suma de $1.327.887 a don Elías Fernando Huala Levill, y $1.483.500 a don Adrián Alberto Velásquez Millacheo.- II.- Que en consecuencia, deberá practicarse una nueva liquidación del crédito una vez firme y ejecutoriada la presente resolución. Notifíquese a la apoderada de la parte demandante vía correo electrónico y a la demandada por el estado diario. RIT N° C-41-2023 RUC N° 23-3-0330637-4 Proveyó don OSCAR ALBERTO BARRÍA ALVARADO, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique En Coyhaique, a once de diciembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. /nca. Código: RHJPXKTXHLD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-11T12:34:35-0300
Fallo
se resuelve: I.- Ha lugar al incremento, el que se fija en un 50% respecto del monto ofrecido, equivalente a la suma de $1.327.887 a don Elías Fernando Huala Levill, y $1.483.500 a don Adrián Alberto Velásquez Millacheo.- II.- Que en consecuencia, deberá practicarse una nueva liquidación del crédito una vez firme y ejecutoriada la presente resolución. Notifíquese a la apoderada de la parte demandante vía correo electrónico y a la demandada por el estado diario. RIT N° C-41-2023 RUC N° 23-3-0330637-4 Proveyó don OSCAR ALBERTO BARRÍA ALVARADO, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique En Coyhaique, a once de diciembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. /nca. Código: RHJPXKTXHLD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-11T12:34:35-0300
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO COYHAIQUE Coyhaique, once de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: 1º Que, en estos autos interpone demanda, don Elías Fernando Huala Levill y don Adrián Alberto Velásquez Millacheo, representados por la abogada doña Maribel Andrea Briones Sanhueza, en contra de Zañartu Ingenieros Consultores Spa, representada por don Jaime Andrés Zurita Ureta. 2° Que conforme al
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