GONZÁLEZ/INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2025
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia dictada con fecha cinco de julio de dos mil veinticuatro, en causa RIT O-5139-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar en todas sus partes la demanda interpuesta por doña Laura Alejandra González Stuardo en contra de su empleador Instituto Nacional del Cáncer, sin condenar en costas a ninguna de las partes. Contra dicho fallo recurrió la parte demandante por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, haciendo valer esta causal como única y principal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante deduce recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Señala que la sentencia habría interpretado erróneamente el artículo 184 del Código del Trabajo, al entender que las medidas adoptadas por el empleador eran suficientes para dar cumplimiento al deber de protección, sin considerar la naturaleza preventiva que dicho deber impone. Sostiene que el tribunal de base efectuó una interpretación restrictiva del deber de seguridad, limitándolo a una dimensión meramente reactiva, sin ponderar adecuadamente la falta de medidas preventivas durante el periodo de exposición a los factores de riesgo, lo cual constituye un error en la aplicación e interpretación de la ley. El recurso desarrolla una crítica respecto del análisis que el
Fallo
fallo recurrió la parte demandante por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, haciendo valer esta causal como única y principal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante deduce recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Señala que la sentencia habría interpretado erróneamente el artículo 184 del Código del Trabajo, al entender que las medidas adoptadas por el empleador eran suficientes para dar cumplimiento al deber de protección, sin considerar la naturaleza preventiva que dicho deber impone. Sostiene que el tribunal de base efectuó una interpretación restrictiva del deber de seguridad, limitándolo a una dimensión meramente reactiva, sin ponderar adecuadamente la falta de medidas preventivas durante el periodo de exposición a los factores de riesgo, lo cual constituye un error en la aplicación e interpretación de la ley. El recurso desarrolla una crítica respecto del análisis que el fallo hace sobre la prueba documental, testimonial y pericial, señalando que la existencia de un ambiente hostil prolongado y de reiterados actos de maltrato
Texto Completo (Preview)
5 C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Por sentencia dictada con fecha cinco de julio de dos mil veinticuatro, en causa RIT O-5139-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar en todas sus partes la demanda interpuesta por doña Laura Alejandra González Stuardo en contra de su empleador Instituto Nacional
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica