GONZÁLEZ/SALEH
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Que del tenor del recurso deducido se desprende que esta no es la vía idónea para obtener las pretensiones que se indican en el petitorio de su presentación, por cuanto ellas deben ser resueltas en una sede diversa como es la jurisdiccional competente. Por lo que conforme a lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Regístrese y archívese en su oportunidad. Ingreso N° 4804-2025 Prot
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Regístrese y archívese en su oportunidad. Ingreso N° 4804-2025 Prot
Texto Completo (Preview)
CH12. (MVT) San Miguel, quince de diciembre del año dos mil veinticinco. A la presentación de folio 1: Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en
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