7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ NICOLAS ESTEBAN ORTEGA CASTRO

Rol

Fecha

15 de diciembre de 2025

Materia

COHECHO.ART.248, 248 BIS (LEY 19.645) Y 249.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° El número de delitos por los cuales han sido formalizado, las circunstancias y comisión de los mismos. 2° Que las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que esta Corte comparte; y 3° Que no han cambiado los antecedentes que se tuvieron a la vista al momento de decretar la medida cautelar que se revisa.

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de cinco de diciembre de dos mil veinticinco, dictada en los autos RIT O-13566-2023, seguidos ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Sebastián Esteban Peredo Vera y Rafat José Kheir Kair por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, desestimándose además la petición de las defensas de reconducir la medida a peligro de fuga. Comuníquese por la vía más rápida. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, quince de diciembre de dos mil veinticinco. Sala: Novena Rol Corte: Penal-6588-2025 Ruc: 2300075083-2 Rit : O-13566-2023 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, señora Maritza Elena Villadangos Frankovich y el Ministro (S) señor Juan Carlos Silva Opazo Relatora: Catalina Peña C. Digitad

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