23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SCOTIABANK CHILE S.A/RUZ

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que, del examen de los antecedentes, consta que el juez recurrido rechazó el incidente de nulidad por falta de emplazamiento impetrado por el ejecutado sin recibir el mismo a prueba y, a su vez, fundando el rechazo en la falta de elementos probatorios del incidentista, circunstancia que esta Corte considera contradictoria y obliga a revocar la sentencia recurrida, de manera tal que se le permita a la parte ejecutada aportar probanzas de sus alegaciones. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de dos de septiembre del año en curso, dictada por el Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-16729-2025 y, en su lugar, se decide que el tribunal de primera instancia deberá dar la tramitación legal al incidente de nulidad por falta de emplazamiento promovido por el incidentista. Devuélvase. N°Civil-16729-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de dos de septiembre del año en curso, dictada por el Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-16729-2025 y, en su lugar, se decide que el tribunal de primera instancia deberá dar la tramitación legal al incidente de nulidad por falta de emplazamiento promovido por el incidentista. Devuélvase. N°Civil-16729-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, del examen de los antecedentes, consta que el juez recurrido rechazó el incidente de nulidad por falta de emplazamiento impetrado por el ejecutado sin recibir el mismo a prueba y, a su vez, fundando el rechazo en la falta de elementos probatorios del incidentista, circunstancia que est

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