ANONIMIZADO
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2025
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, MODIFICACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y
Fundamentos
considerando que la resolución recurrida, al declarar inadmisible de plano la demanda de cese de alimentos por la sola circunstancia de la inscripción del actor en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, impidió el conocimiento y ponderación de los antecedentes alegados como excepción legal, configurando una indebida restricción al derecho de acción, perturbando con ello el derecho a la tutela judicial efectiva integrante del debido...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, doce de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y considerando que la resolución recurrida, al declarar inadmisible de plano la demanda de cese de alimentos por la sola circunstancia de la inscripción del actor en el Registro Nac
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica