LINARES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Con fecha 22 de julio de 2025, comparece Luis José Linares Mena, cédula de identidad para extranjeros N°27.124.298-0, en favor de su hijo menor de edad Andrés Yesid Linares Gonzáles, ambos de nacionalidad venezolana, domiciliado en pasaje Las Chupallas N°2271, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, por solicitarle el documento de identidad del país de origen de su hijo. Funda su recurso en que, en el marco de una solicitud de residencia temporal para extranjeros dentro de Chile, en favor de su hijo menor de edad, el Servicio Nacional de Migraciones le solicitó el documento de identidad del país de origen de su hijo. Explica, que solo tienen su acta de nacimiento debidamente apostillada, ya que en Venezuela solo entregan cédula de identidad a los 9 años y su hijo tiene 7 años. Solicita que se agilice su trámite ya que en el colegio donde estudia su hijo le piden la residencia en Chile y se acoja el recurso para que pueda continuar sus estudios. Acompaña antecedentes en apoyo a su pretensión. A folio 6, compareció la Institución recurrida y solicitó el rechazo del recurso en todas sus partes, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de las garantías constitucionales incoadas. Indica que el menor de edad ingresó a Chile por paso no habilitado y, solo el 6 de junio del presente año, se realizó, vía web, su solicitud de residencia temporal para extranjeros dentro de Chile de la subcategoría “razones humanitarias”. Aclara, que la solicitud fue analizada por el Servicio y se detectó que se encontraba incompleta, por lo que, mediante comunicación electrónica de 21 de julio de 2025, se le solicitó al
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Andrés Yesid Linares Gonzáles, menor de edad, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que el Servicio deberá recibir la documentación del solicitante de residencia temporal, para dictar la resolución que en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol I. Corte 1208-2025 Protección. Se deja constancia que esta sentencia debe ser anonimizada de acuerdo con lo dispuesto en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, doce de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Con fecha 22 de julio de 2025, comparece Luis José Linares Mena, cédula de identidad para extranjeros N°27.124.298-0, en favor de su hijo menor de edad Andrés Yesid Linares Gonzáles, ambos de nacionalidad venezolana, domiciliado en pasaje Las Chupallas N°2271, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica