VIDELA PEÑA ANGEL / QUIROZ PEÑA JORGE
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2025
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos y teniendo presente: I.- En cuanto a la casación en la forma: 1°) La defensa de del demandante recurre de casación en la forma en contra de la sentencia de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, pronunciada por el 1° Juzgado de Letras de Melipilla, por la causal del artículo 768 N° 5, en relación con el número 4 del artículo 170, preceptos todos del Código de Procedimiento Civil, basada en que la sentencia carece de las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento, desde que, según se afirma, el fallador no ponderó la prueba testifical rendida en torno al carácter exclusivo del uso de la cosa común. 2°) Atendido el mérito de lo expuesto y, conforme al tenor de lo establecido en el inciso penúltimo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, corresponde desestimar el arbitrio en examen por aparecer de manifiesto que la recurrente no ha sufrido un perjuicio reparable sólo con la invalidación del fallo, toda vez que la misma parte interpuso también recurso de apelación, en el que planteó similares alegaciones. II.- En cuanto a la apelación de la sentencia: 3°) Por compartir esta Corte los
Fundamentos
fundamentos del
Fallo
fallo en alzada, se confirmará lo decidido. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I. Que se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por la parte demandante en contra de la sentencia de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro dictada por el Primer Juzgado de Letras de Melipilla, en los autos Rol C-983-2022. II. Que se confirma la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 1688-2024 Civil
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: I.- En cuanto a la casación en la forma: 1°) La defensa de del demandante recurre de casación en la forma en contra de la sentencia de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, pronunciada por el 1° Juzgado de Letras de Melipilla, por la causal del artículo 768 N° 5, en relación con el número 4 del artículo 170,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica