JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO VARAS

MINISTERIO PUBLICO C/ MARCELO SEBASTIAN AMPUERO HERNANDEZ

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Varas que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Marcelo Sebastián Ampuero Hernández. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que se atribuye al encartado. Lo anterior se corrobora con la detención en flagrancia, el parte policial con la declaración de los funcionarios aprehensores, de la testigo quien dio alerta a Carabineros y de la víctima, la recuperación de la especie sustraída, y el levantamiento fotográfico de las vestimentas del imputado. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en cuenta el carácter del delito por el cual fue formalizada la investigación, esto es, un delito de robo en lugar habitado del artículo 440 N°1 del Código Penal, las circunstancias de su comisión, la pena de crimen que tiene asignada, la existencia de antecedentes penales pretéritos por un delito de la misma especie, el ser formalizado bajo el periodo de observancia de la sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, la prognosis de pena y la forma de cumplimiento en caso de condena; se configura un peligro para la seguridad de la sociedad que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado Garantía de Puert

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Varas, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Marcelo Sebastián Ampuero Hernández. Devuélvase. Rol Penal 1482-2025.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, once de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Varas que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Marcelo Sebastián Ampuero Hernández. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expues

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