NAVEA PEREIRA FRANCISCO ALBERTO/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Gustavo Millaqueo Nahuelpan, Defensor Penal Público y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado Francisco Alberto Navea Pereira, actualmente privado de libertad en el CPP Colina 1, impugnando la resolución de la Comisión de Libertad Condicional dictada el 30 de octubre del año en curso, que rechazó su postulación al beneficio de libertad condicional, sin ajustarse adecuadamente a la normativa vigente por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. Expone que el interno se encuentra cumpliendo una pena de 10 años presidio mayor en su grado medio, impuesta por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y 10 años de presidio mayor en su grado medio por el delito de asociación ilícita de la ley 20.000, todas en virtud de sentencia dictada en causa RIT: 1161-0211 y RUC: 1100264922-7 del Juzgado de Garantía de los Andes, con fecha de inicio de condena el 25 de noviembre de 2011 y fecha término de esta el 26 de septiembre de 2031 . Así mismo, su tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional, según antecedentes proporcionados por GENCHI, se verificó el 24 de enero de 2025, adás de conducta muy buena los últimos 6 bimestres. Agrega que el amparado fue postulado por Gendarmería de Chile a la libertad condicional en octubre de 2025, cumpliendo íntegramente los requisitos legales y reglamentarios establecidos en el DL N° 321, su ley modificatoria y el Reglamento. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional rechazó su postulación, fundándose exclusivamente en el informe psicosocial, señalando la existencia de factores de riesgo de reincidencia, un supuesto estadio motivacional pre–contemplativo y que aún restaría un saldo significativo de condena, sin considerar ni ponderar la totalidad de los antecedentes favorables acreditados en autos. Se sostiene que la resolución impugnada es arbitraria e ilegal, por cuanto omite pronunciarse sobre elementos esenciales de la vi
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor del condenado Francisco Alberto Navea Pereira en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. Amparo N°4921-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Gustavo Millaqueo Nahuelpan, Defensor Penal Público y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado Francisco Alberto Navea Pereira, actualmente privado de libertad en el CPP Colina 1, impugnando la resolución de la Comisión de Libertad Condicional dictada el 30
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