SIN INFORMACION

RIVERA/LEIVA

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Felipe André Rivera Sánchez, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Darling Dayan Rivera Sánchez, por el acto consistente en realizar publicaciones en las redes sociales Facebook y WhatsApp en las que le atribuye participación en hechos que tendrían carácter moralmente reprobable. Como garantía vulnerada indica aquellas contenidas en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que desde octubre del año en curso la recurrida ha iniciado una campaña de desprestigio en su contra en las referidas redes sociales, publicando textos en los que le atribuye no pagar la pensión de alimentos que se encuentra fijada en favor de la hija en común de las partes. Agrega que la recurrida, además, realiza llamadas insistentes a su teléfono y perturba a su familia en horarios de madrugada, a pesar de que éste no registra deuda de alimentos. Sostiene que estos hechos vulneran en forma ilegal y arbitraria su derecho a la integridad física y psíquica; y su derecho a la honra y la protección de la vida privada. Previas citas de derecho, solicita acoger el recurso intentado, ordenando a la recurrida eliminar las publicaciones antes aludidas, ofrecer disculpas públicas y que se abstenga en lo sucesivo de incurrir en hechos de la misma naturaleza, con costas. SEGUNDO: Que evacuó informe la recurrida, solicitando el rechazo del recurso intentado con costas. Expresa que el recurrente interpuso en su contra el presente recurso de protección y, además, una denuncia por violencia intrafamiliar ante el Juzgado de Familia de La Serena, la que se tramita con el Rit F-2054-2025. Afirma que en ambos procesos se le atribuyen actos de hostigamiento y que el recurrente omitiría que “las comunicaciones por WhatsApp decían relación con los alimentos decretados respecto de nuestra hija, respecto de los cuales el recurrente, aprovechándose de mi confianza e ignorancia me pidió que no fueran regulados por mediación, sino que de palabra, lo que lleva al Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte a calcular en forma errónea la deuda existente”. Alega que los hechos descritos en el recurso no son efectivos por lo que éste debe ser rechazado con costas. TERCERO: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, jurídicamente constituye una acción de naturaleza cautelar, que tiene por objeto amparar a personas naturales o jurídicas en el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que se enumeran en la misma disposición, y que por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufran privación, perturbación o amenaza de tales garantías, pretendiendo que mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar frente a un acto de tal naturaleza, se restablezca el imperio del derecho. De lo antes expresado, aparece como requisito indispensable para el ejercicio de la acción cautelar

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, sin costas, la acción de protección interpuesta por Felipe André Rivera Sánchez y en contra de Darling Dayan Rivera Sánchez, ordenándose a la recurrida eliminar las publicaciones en cuestión, realizadas en las redes sociales Facebook, WhatsApp y toda otra de similar naturaleza -si no se ha hecho ya- dentro de quinto día de notificada esta sentencia, debiendo, en lo sucesivo, abstenerse de difundir aquella publicación u otra de naturaleza similar en contra de quien recurre, tanto en las redes sociales ya señaladas, como en cualquier otra de similar característica. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad Rol N°1931-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

Rivera Sánchez, Felipe André Leiva Barra, Darling Dayan Recurso de protección Rol N°1931-2025 La Serena, once de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Felipe André Rivera Sánchez, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Darling Dayan Rivera Sánchez, por el acto consistente en realizar publicaciones en las redes sociales Facebook y W

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