JUZGADO DE FAMILIA PUDAHUEL

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que el acuerdo presentado reúne las condiciones a que se refiere el artículo 26 de la Ley N°14.908 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se revoca la resolución apelada dictada el veintiocho de mayo de dos mil veinticinco, por el Juzgado de Familia de Pudahuel y, en su lugar, se declara que el tribunal a quo deberá tener por aprobado el acuerdo de pago de veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés, complementada el once de febrero de dos mil veinticinco, dictando la resolución que en derecho corresponda. Devuélvase. N° 1133-2025 Familia No firma el ministro Miguel...

Fallo

se declara que el tribunal a quo deberá tener por aprobado el acuerdo de pago de veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés, complementada el once de febrero de dos mil veinticinco, dictando la resolución que en derecho corresponda. Devuélvase. N° 1133-2025 Familia No firma el ministro Miguel...

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Santiago, once de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que el acuerdo presentado reúne las condiciones a que se refiere el artículo 26 de la Ley N°14.908 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se revoca la resolución apelada dictada el veintiocho de mayo de dos mil veinticinco, por el Juzgado de

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