JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP.C/ BRAULIO SEGUNDO TUREDO CASTRO.

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2025

Materia

TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con las medidas que al efecto contempla el artículo 155 letras a), c) y d) del mismo cuerpo legal, esto es, arresto domiciliario nocturno, firma mensual y arraigo nacional, ya dispuestas por el a quo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de nueve de diciembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que sustituyó la prisión preventiva del imputado Braulio Segundo Turedo Castro por las cautelares del artículo 155 letras a), c) y d) del Código Procesal Penal. Devuélvase, vía interconexión. N° Penal-4050-2025

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San Miguel, once de diciembre de dos mil veinticinco Sala: Segunda Sala Rol Corte: 4050-2025 Penal. RIT: 2683-2025 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Relatora: Natalia Arancibia Sepúlveda Digitadora: Carolina Orellana Medina Caratulado: MP. C/BRAULIO SEGUNDO TUREDO CASTRO Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Materia: Tenencia ilegal de arma de fuego Escritos proveídos en audiencia: 2 (fo

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