JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

VIALES CON OÑATE

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2025

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, se sustanció la causa caratulada “VIALES con OÑATE”, causa RIT M-1053- 2024, en la que por sentencia definitiva de veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, se acogió la demanda de nulidad del finiquito y de despido incausado, acogió la demanda de despido indebido y cobro de prestaciones laborales incoada por doña Janet Viales Sagredo en contra de doña María de los Ángeles Oñate Prieto. En contra de dicha sentencia la parte demandada dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, solicitando que se acoja, invalidando la sentencia recurrida y se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo que rechace las acciones interpuestas. Declarado admisible el recurso, en la audiencia respectiva alegó el abogado de la parte recurrente y abogada de la parte recurrida.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, luego de exponer en su libelo los antecedentes de la causa de primera instancia, plantea el recurrente que la sentencia incurriría en infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba, la que en materia laboral se debe realizar conforme a las reglas de la sana crítica, prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. En fundamento de su recurso, señala que la demandante, interpuso demanda por despido indebido y cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleadora, resolviendo la sentencia recurrida acoger la demanda y declarar que el despido fue injustificado, condenando a la demandada al pago de indemnización sustitutiva de aviso previo y feriado proporcional. Agrega que la sentencia recurrida ha incurrido en una infracción manifiesta a las reglas de la sana crítica, ya que no se ha valorado adecuadamente la prueba presentada por su parte, relativa acreditar que el despido fue justificado y que se había pagado el feriado proporcional, omitiendo valorar la prueba presentada por la parte demandada, incurriendo en una contradicción al declarar que el despido fue injustificado. Expone que el sentenciador ha infringido la regla de la derivación, que consiste en la exigencia relativa a que cada razonamiento debe provenir de otro previo al cual se encuentre relacionado, exigencia de la cual se extrae el principio de la razón suficiente, el cual exige para efectos de estimar verdadera una determinada proposición, que ésta provenga de una razón suficiente. Añade que el defecto formal alegado por su parte corresponde a la errónea valoración que hizo el sentenciador de los medios de prueba incorporados por esta parte, y en particular, los comprobantes de transferencia que darían cuenta del pago de la prestación de feriado proporcional. Segundo: Que, el recurrente señala que a su entender, la sentencia recurrida ha infringido el artículo 456 del Código del Trabajo, que establece que el tribunal apreciará la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, dado que la sentencia no ha proporcionado una explicación lógica y racional para justificar su decisión, y ha omitido considerar pruebas importantes que contradicen la versión de la trabajadora. Luego de analizar el recurrente la prueba rendida en detalle y efectuar su propia valoración, concluye señalando que, la mentada sentencia recurrida ha incurrido en una infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba, y debe ser anulada, reiterando que la decisión del tribunal no se ajusta a las reglas de la sana crítica, y no ha considerado adecuadamente la prueba presentada en el juicio. Tercero: Que, conforme a lo consignado, resulta que las argumentaciones de la parte recurrente no constituyen la causal de nulidad invocada, desde que lo que se plantea en el arbitrio que se examina, según se aprecia de su redacción, es únicamente una ponderación distinta de los elementos de convicción incorporados al proceso, cuestión e

Fallo

Por estas razones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 477 a 482 del Código del Trabajo, se rechaza, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia definitiva de veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, recaída en la causa RIT M-1053- 2024, caratulada “VIALES con OÑATE”, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase en su oportunidad. Redacción de la Ministro suplente señora Covarrubias. N°Laboral - Cobranza-553-2025.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, se sustanció la causa caratulada “VIALES con OÑATE”, causa RIT M-1053- 2024, en la que por sentencia definitiva de veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, se acogió la demanda de nulidad del finiquito y de despido incausado, acogió la demanda de despido in

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