SIN INFORMACION

MARIA CALLISAYA GALINDO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que el 5 de diciembre, comparece doña María Karen Callisaya Galindo, cédula de identidad N°25282196-1, soltera, Boliviana, dependiente, domiciliada en Villa Don Sebastián Pasaje Doce, número 60, comuna de San Clemente e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Resolución Exenta N°24499393, de fecha 30 de octubre de 2024, que “rechaza solicitud de residencia definitiva que indica y dispone abandono del país” emitida por el Servicio Nacional de Migraciones, representada legalmente por don Luis Thayer Correa, RUT 12.627.882-9, ambos domiciliados en calle San Antonio Nro. 580, comuna de Santiago, solicitando desde ya se deje sin efecto: a) El acto administrativo de rechazo, b) La disposición de hacer abandono del país, y c) La prohibición de ingreso. Refiere que el 7 de julio del año 2015, decidió migrar a la República de Chile, ingresando por paso habilitado. Una vez en el territorio nacional, se trasladó hasta la comuna de Taltal, Región de Antofagasta, donde residía con su hermana Sonia Callisaya Galindo, en cuyo domicilio me instalé inicialmente. Posteriormente, comencé a trabajar de ayudante de cocina en una posada en Aguas Verdes, de la región de Antofagasta, donde conoció a don Juan José Becerra González, cédula nacional de identidad 13.787.051-7, chileno, con quien comenzamos una relación amorosa en Julio del año 2016, por lo que decidimos irnos a vivir juntos a la comuna de San Clemente, región del Maule, de donde era su familia. En el año 2017, y con el propósito de regularizar su situación en el territorio nacional y obtener la capacidad de trabajar lícitamente, solicitó la residencia temporal por motivos laborales. Este trámite fue debidamente gestionado y, tras la evaluación de antecedentes, fue otorgado sin inconvenientes por el Servicio Nacional de Migración, confiriéndole la calidad de residente temporal. A raíz de haber obtenido su permiso y encontrarse estable en su relación sentimental con don Juan Becerra, decidió en febrero del año 2017, viajar hasta Bolivia a buscar a su hija Nathaly Zambrana Callisaya, cédula de nacional de identidad número 28.776.885-0, quien en ese momento tenía 6 años de edad, con el propósito de que comenzara su escolaridad en Chile, por lo que llegamos a Chile en el mes de marzo del año 2017, iniciando su primer año básico en el Colegio San Clemente, ubicado en la comuna de San Clemente. Consiguientemente, durante el mes de marzo del año en mención, comenzó a trabajar en el Supermercado Reyes, de la comuna de San Clemente, en donde cumplía diferentes labores como atención al cliente, repostería, panadería, pastelería, entre otros, con contrato indefinido. Es pertinente señalar que, a raíz de su relación amorosa con don Juan, nació el día 6 de diciembre del año 2017, su hijo Juan Manuel Becerra Callisaya, cédula nacional de identidad 26.029.634-5, de actuales 7 años, chileno. Acompaña certificado de nacimiento en el tercer otrosí. Sin embargo, en el año 2019 po

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en Auto Acordado de la Excma. Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se resuelve que SE ACOGE sin costas, el recurso de amparo interpuesto por doña María Karen Callisaya Galindo, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24499393, de 30 de octubre de 2024 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo este organismo público disponer lo necesario para que, en un plazo razonable, se dicte una nueva decisión, debidamente motivada y conforme a derecho. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. Rol N°1017-2025/Amparo. klm

Texto Completo (Preview)

Talca, once de diciembre de dos mil veinticinco. Visto y considerando: Primero: Que el 5 de diciembre, comparece doña María Karen Callisaya Galindo, cédula de identidad N°25282196-1, soltera, Boliviana, dependiente, domiciliada en Villa Don Sebastián Pasaje Doce, número 60, comuna de San Clemente e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Resolución Exenta N°24499393, de fecha 30

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica