YÁÑEZ/ALVARADO
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que comparece don Héctor Adolfo Yáñez Ugarte y deduce recurso de protección en contra del Jefe de Zona de Carabineros de Chile de Magallanes y Antártica Chilena, don Marco Antonio Alvarado Díaz, señalando como acto ilegal y arbitrario la Resolución Exenta Nº 696 de 30 de agosto de 2025, notificada el 8 de octubre, alegando vulneración a las garantías establecidas en el artículo 19 N°1, 2, 3 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone en síntesis, que en junio de 2024 denunció formalmente irregularidades cometidas por sus superiores directos, particularmente por el entonces subcomisario administrativo, capitán Rodolfo Ignacio Novoa Flores, denuncias que se efectuaron conforme a los Reglamentos Nº7 y Nº15 y que, en lugar de obtener un seguimiento institucional adecuado, se desencadenaron represalias en su contra. Afirma que paralelamente se investigó por la Fiscalía de Tierra del Fuego, causa RUC 2400729749-8, participación de los oficiales en delitos de cohecho, fraude al Fisco, tenencia de municiones entre otros. Sostiene que la gravedad de los antecedentes llevó a decretar prisión preventiva para ex capitán Novoa, ex mayor Maureira y ex suboficial mayor Rojas, quienes resultaron condenados y dados de baja. Refiere que, pese a su historial institucional intachable, en noviembre de 2024 se le impuso una primera sanción de “Reprensión”, mediante Resolución Exenta Nº59, por supuesta infracción al artículo 22 Nº3 letra a) del Reglamento Nº11, relacionada con una revista de cargo. Señala que su recurso jerárquico fue rechazado por Resolución Exenta Nº 485, manteniéndose la sanción, en un proceso marcado por obstáculos injustificados, como negativas reiteradas de acceso al expediente y rechazo sistemático de diligencias pertinentes, afectando su derecho a defensa. Destaca que, agotadas las instancias internas, interpuso apelación ante el Jefe de Zona, general Marco Alvarado Díaz, recurso que fue desestimado mediante Resolución Exenta Nº 696, confi
Fundamentos
motivos ajenos al interés público, afectando principios esenciales como la igualdad ante la ley y la probidad administrativa. Refiere que también sé que se vulnera el artículo 19 N.º 3, por utilizar indebidamente la figura de “Observación Directa” para una falta que no fue presenciada de manera inmediata y personal por el superior, además de alegra desproporción y falta de motivación conforme al artículo 41 de la Ley N°19. 880.
Fallo
Por lo expuesto pide se declare ilegal y arbitraria la Resolución Exenta Nº696 de 30 de agosto de 2025, se deje sin efecto la sanción de “una reprensión” y se restablezca el imperio del derecho. Que a folio 11, informa el recurso don Marco Alvarado Díaz, General de Carabineros, Jefe de Zona, solicitando el rechazo del recurso. Indica que, el expediente sanción se originó a raíz del documento electrónico NCU N 218303662, del mando de la 3ra. Comisaría Porvenir, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33, Nº3, del Reglamento de Servicio para Jefes y Oficiales de Orden y Seguridad de Carabineros, Nº7, el que señala "... Los Jefes de Sección serán directamente responsables ante el Comisario de la buena presentación y conducta en el régimen interno del personal a sus órdenes, para lo cual cumplirán con las siguientes obligaciones: Nº3 Mensualmente pasarán revista a una o más especies de vestuario, equipo y armamento al personal de sus Secciones, las que continuarán en forma rotativa hasta llegar a verificar la conformidad del cargo, su estado de conservación y marcas reglamentarias. De las observaciones que se encontraren darán cuenta al Subcomisario, indicando las medidas que hayan adoptado para solucionarlas. Este control comprenderá la totalidad de tales especies, al aproximarse la Revista Económica Anual...". Indica que conforme a lo expuesto el mando de Unidad le solicito al recurrente en su calidad de Jefe de Sección y al resto de los Jefes de Sección de la Unidad, por
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Punta Arenas, diez de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Que comparece don Héctor Adolfo Yáñez Ugarte y deduce recurso de protección en contra del Jefe de Zona de Carabineros de Chile de Magallanes y Antártica Chilena, don Marco Antonio Alvarado Díaz, señalando como acto ilegal y arbitrario la Resolución Exenta Nº 696 de 30 de agosto de 2025, notificada el 8 de octubre, alegando vulneració
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