SOCIEDAD AGRICOLA SANTA ANA DEL ROSARIO LIMITADA CON JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE RENGO
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: 1° Que, comparece el abogado Cristóbal Agustín Muñoz González, en representación de Sociedad Agrícola Santa Ana del Rosario Limitada, rol único tributario N.º 76.016.396-1, en autos sobre cobranza laboral y previsional, caratulados “Pérez, Wilmer Enrique con Riveros, Jairo Nicolas y otros”, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 9 de octubre de 2025 por el Juzgado de Letras del Trabajo de Rengo, que declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por esa parte respecto de la resolución de fecha 2 de octubre de 2025, que resolvió un incidente de abandono del procedimiento, inoponibilidad de la deuda y nulidad procesal. Refiere que con fecha 12 de agosto de 2025, presentó un incidente de abandono del procedimiento, fundado en que transcurrió más de tres años de inactividad procesal; inoponibilidad de la deuda por configurarse un ejercicio abusivo del derecho de ejecución; y nulidad procesal, fundada en un vicio esencial de notificación, todo lo cual fue rechazado “… por resolución de fecha 3 de octubre del presente año” (sic). Agrega que, contra dicha resolución, dedujo recurso de apelación, fundado en que la decisión impugnada pone término al incidente y hace imposible su continuación, configurando el supuesto previsto en el artículo 476 del Código del Trabajo, sin embargo, con fecha 9 de octubre de 2025, el Juzgado recurrido, declaró improcedente la apelación, fundándose en que la resolución de 2 de octubre no es susceptible de dicho recurso, conforme a la misma norma invocada. Sostiene que el Capítulo 2, párrafo 4° del Código del Trabajo, el artículo 465 dispone que: “En las causas laborales el cumplimiento de la sentencia se sujetará a las normas del presente Párrafo, y a falta de disposición expresa en este texto o en las leyes especiales, se aplicarán supletoriamente las normas del Título XIX del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil, siempre que dicha aplicación no vulnere los principios que inform
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 158, 186 del Código de Procedimiento Civil y artículo 476 del Código del Trabajo se declara que SE RECHAZA el recurso de hecho, interpuesto por Cristóbal Agustín Muñoz González, en representación de Sociedad Agrícola Santa Ana del Rosario Limitada, en contra de resolución dictada con fecha 9 de octubre de 2025 por el Juzgado de Letras del Trabajo de Rengo, que declaró improcedente el recurso de apelación deducido. Comuníquese al Tribunal A Quo y archívese. Rol Corte-671-2025-Lab
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, once de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: 1° Que, comparece el abogado Cristóbal Agustín Muñoz González, en representación de Sociedad Agrícola Santa Ana del Rosario Limitada, rol único tributario N.º 76.016.396-1, en autos sobre cobranza laboral y previsional, caratulados “Pérez, Wilmer Enrique con Riveros, Jairo Nicolas y otros”, deduciendo recurso de hecho en
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