SIN INFORMACION

ORLANDO LUIS SIFONTES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDO SIN COSTAS

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Hechos

VISTO: Que comparece el abogado Igor Pérez Veloso, en favor del extranjero Orlando Luis Sifontes, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), por el acto que se estima arbitrario e ilegal, consistente en haber dispuesto la expulsión y prohibición de ingreso al país del extranjero recurrente. El acto impugnado es la Resolución Exenta N°25274701 de fecha 14 de mayo de 2025, notificada al recurrente mediante el acta de notificación de medida de expulsión, el 26 de agosto de 2025. Señala que el recurrente ingresó a Chile de manera irregular el día 4 de febrero de 2024, y que mantiene vínculos familiares en el país, ya que es padre de un hijo menor de edad, Santiago David Sifontes Contreras (15 años), de nacionalidad venezolana, quien cuenta con Residencia Temporal otorgada por Resolución Exenta N°25260655 de fecha 6 de mayo de 2025. Además, convive con su pareja, Aura Leyari Contreras Moqueda. Destaca que la resolución recurrida es incorrecta al señalar que no se acredita que mantenga vínculos familiares de los mencionados en el N°6 del artículo 129 de la Ley N°21.325. Sostiene que la expulsión vulnera el derecho a la vida e integridad física y psíquica del recurrente, el derecho a la libertad personal y seguridad individual, y en particular, el interés superior del niño y la protección a la familia, consagrados en el artículo 19 numerales 1 y 7 de la Constitución Política de la República, y artículos 3 y 9 de la Convención de los Derechos del Niño. Solicita que se deje sin efecto la orden de expulsión y la prohibición de reingreso al país, y en subsidio, pide se adopte cualquier medida que restablezca el imperio del derecho. Informó el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, en consideración a que la resolución cuestionada, Resolución Exenta N°25274701, fue dictada por autoridad competente y está debidamente fundada, siendo proporcional y razonable. Añade que

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, la acción de protección se sustenta en la perturbación y amenaza de los derechos fundamentales del recurrente, producto de la Resolución Exenta N°25274701 de 14 de mayo de 2025, que dispuso su expulsión y abandono del territorio nacional. Segundo: Que, el fundamento principal de la Administración para disponer la expulsión es el ingreso del extranjero por paso no habilitado a nuestro país y si bien el acto administrativo fue dictado por autoridad competente y conforme a la normativa vigente, se debe analizar si la decisión fue razonable y proporcional como quiera que la misma está sujeta, sin lugar a dudas, al examen de legalidad, que comprende la razonabilidad de la medida y si se ha cumplido el principio de proporcionalidad. Tercero: Que, la autoridad recurrida, al momento de ponderar los antecedentes según el artículo 129 de la Ley N°21.325, determinó que el extranjero no acreditó vínculos familiares de los mencionados en el N°6, normativa que dispone “Previamente a dictar una medida de expulsión, en su fundamentación el Servicio considerará respecto del extranjero afectado: 6. Tener hijos chilenos o extranjeros con residencia definitiva o radicados en el país, así como la edad de los mismos, la relación directa y regular y el cumplimiento de las obligaciones de familia, tomando en consideración el interés superior del niño, su derecho a ser oído y la unidad familiar”; como quiera que no efectuó los descargos correspondientes dentro del plazo administrativo. Cuarto: Que, no obstante la afirmación anterior, consta en los antecedentes de la presente acción cautelar que el recurrente Orlando Luis Sifontes es padre de Santiago David Sifontes Contreras, quien es menor de edad (15 años) y cuenta con un Permiso de Residencia Temporal vigente otorgado por Resolución Exenta N°25260655, confirmado por el Estampado Electrónico N°49938252, y su filiación fue debidamente acreditada mediante el Acta de Nacimiento del menor. Quinto: Que, entonces, en tales condiciones, y conforme a la doctrina de nuestra Excelentísima Corte Suprema, la decisión de expulsión resulta desproporcionada pues sólo se funda en un examen meramente formal de los antecedentes, sin ponderar las circunstancias familiares que permitan examinar adecuadamente la situación y fundamentar la decisión. En efecto, la Ley de Migración y Extranjería, en su artículo 129 N°6, exige que la Autoridad tome en consideración el interés superior del niño y la unidad familiar, y en el presente caso el extranjero recurrente mantiene su familia nuclear en nuestro país y su hijo menor de edad incluso cuenta con residencia temporal; de manera que necesariamente debe priorizarse a su respecto el interés superior del niño de contar con la unidad de su familia. Sexto: Que, así las cosas, la decisión adoptada, sin considerar las circunstancias familiares del extranjero, a las que ya se ha hecho referencia (existencia de hijo menor de edad con residencia temporal en Chile), result

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, sin costas, la presente acción constitucional interpuesta por el abogado Igor Pérez Veloso en favor del extranjero Orlando Luis Sifontes, en contra del Servicio de Nacional de Migraciones, dejándose sin efecto el acto administrativo impugnado, Resolución Exenta N°25274701, y, por ende, la orden de expulsión y prohibición de ingreso. Regístrese, comuníquese y archívese oportunamente. Redacción de la ministra suplente Margarita Elena Sanhueza Núñez. Aunque concurrió a la vista de la causa y al acuerdo del fallo, no firma la ministra suplente Margarita Elena Sanhueza Núñez, por estar ausente, con permiso. N°Protección-3959-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, a cinco de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO: Que comparece el abogado Igor Pérez Veloso, en favor del extranjero Orlando Luis Sifontes, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), por el acto que se estima arbitrario e ilegal, consistente en haber dispuesto la expulsión y prohibi

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