JUZGADO DE GARANTIA DE VICTORIA

4A COMISARIA CARABINEROS VICTORIA C/ ROLANDO ARTURO CRISOSTO PRATO

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que la calificación de la naturaleza jurídica del ilícito por el cual han sido formalizados estos imputados, esto es, al robo con violencia, será materia que deberán resolver los jueces del fondo y que por otro lado, las medidas cautelares tienen como finalidad satisfacer los fines del procedimiento y estimando que las medidas decretadas por el Juez A Quo satisfacen dichos fines y la necesidad de cautela, SE CONFIRMA la resolución de fecha cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, del Juzgado de Garantía de Victoria, que decretó a los imputados ROLANDO ARTURO CRISOSTO PRATO y CATALINA DEL CARMEN RUBIO CASTILLO medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-1652-2025 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, cinco de diciembre de dos mil veinticinco. A la presentación de folio 3: A lo principal y otrosí: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que la calificación de la naturaleza jurídica del ilícito por el cual han sido formalizados estos imputados, esto es, al robo con violencia, será materi

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